Gobierno del Estado de México
 

Dictamen de Giro

Documento de carácter permanente emitido por el comité Municipal de Dictamen de Giro
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Valle de Chalco Solidaridad
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para unidades económicas con venta de alcohol al copeo y rastros.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de Dictamen de Giro.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble (original y copia del contrato de arrendamiento, de comodato, de compra - venta, sesión de derechos, escrituras entre otros) anexar identificaciones de los involucrados.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

3. En el caso de representar a un tercero, carta poder y copias de las identificaciones de los involucrados.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

4. Identificación Oficial.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

5. Cedula informativa de zonificación y uso de suelo.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de Dictamen de Giro.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

2. Identificación oficial del titular o representante de la empresa (credencial de elector, pasaporte o cartilla militar).
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

3. Acta Constitutiva.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

4. Poder Notarial a favor del representante.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble (original y copia del contrato de arrendamiento, de comodato, de compra - venta, sesión de derechos, escrituras entre otros) anexar identificaciones de los involucrados.
SI
, Simple
Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 15, 16, 69 M y 159 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículos 5 fracción V y VI, 7 fracción I, 21 fracción I, III, IV, V, VI, VII, IX inciso a), X, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVII, 23 fracción I, V, IX, 24, 25 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial para el Estado de México.

1. Acudir a la Dirección de Desarrollo Económico con la documentación solicitada.
2. Ingresar la solicitud de Dictamen de Giro
3. Si está toda la documentación en regla se le otorga el dictamen de giro.
4. Si de la documentación presentada se determina que existe la necesidad de realizar verificaciones físicas en el lugar con el objeto de allegarse de elementos indispensables, se llevarán a cabo las visitas.
5. Concluidas las visitas y de ser procedente se emitirá el Dictamen de Giro correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Valle de Chalco Solidaridad
Dirección general:
Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Desarrollo Económico
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Antonio Sánchez Cortés
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Económico
Domicilio:
Av. Alfredo del Mazo, Esquina Av. Tezozomoc No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Alfredo Baranda, C.P. 56610, Valle de Chalco Solidaridad, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 59711177 Ext: 146
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen de giro.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Quien emite el dictamen de giro?
El comité municipal de dictamen de giro
2. ¿Todas las unidades económicas necesitan el dictamen de giro?
no, solo aplica para las unidades con venta de bebidas alcohólicas para consumo inmediato o al copeo y rastros
3. ¿Por que debo de obtener el dictamen de giro?
Para que una unidad económica pueda operar de manera autorizada cumpliendo con todos los estándares de la evaluación técnica de factibilidad en salubridad local tratándose de venta de bebidas alcohólicas al copeo y rastros.
Fundamento legal:
Artículo 31 y 48 fracción XIII Quater y XX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; artículo 20 bis y 81 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; artículo 154, 158 y 159 del Código Financiero del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplimiento de los requisitos, cumplimiento de las disposiciones normativas señaladas por las leyes y normas en la materia y el pago de los derechos correspondientes.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para unidades económicas con venta de alcohol al copeo y rastros.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
29/03/2023 10:30 am



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