Gobierno del Estado de México
 

Reforestación

Proceso de repoblar con especies endémicas arbóreas los bosques y zonas deforestadas o dañadas con la finalidad de conservar y restaurar nuestros ecosistemas.
Pedro Laguna No. Ext. s/n No. Int. , Col. Centro, C.P. 50700, Jocotitlán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jocotitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de la solicitud de árboles del dominio público del Municipio de Jocotitlán.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- -Solicitud dirigida al Presidente Municipal
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

2. 2.- Copia de la Identificación Oficial Vigente
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

3. 3.- Comprobante de la propiedad
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

4. 4.- -Fotografías del predio con coordenadas
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Solicitud dirigida al Presidente Municipal
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

2. 2.- Copia de la Identificación Oficial Vigente
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Atribución del Ayuntamiento a través de la Dirección de Ecología
NO
1, Simple
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.

1.- Se presenta en la Dirección de ecología para solicitar informes de donación de planta forestal
2.- Entrega de flyer
3.- Elabora una solicitud dirigida al presidente municipal y adjunta los requisitos para continuar con el tramite.
4.- Recibe la solicitud y entrega al auxiliar administrativo asignándose un folio y acuse.
5.- Recibe la solicitud con folio y adjunto de requisitos.
6.- Se realiza el vale de entrega de planta por petición de la especie endémica de la región.
7.- Se entrega la planta en el lugar de resguardo para su salida del solicitante.
8.- Se toma una fotografía de la planta junto con el solicitante.
Dependencia u organismo:
Municipio Jocotitlán
Dirección general:
Dirección de Ecología
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ecología
Titular de la unidad administrativa responsable:
Jose Eduardo Tafolla Alvarado
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Pedro Laguna No. Ext. s/n No. Int. , Col. Centro, C.P. 50700, Jocotitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ecologia2022-2024@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No aplica
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
12 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
12 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En que periodo se hace las reforestaciones?
En los meses de Junio, Julio, Agosto que hay temporada de lluvias.
2. ¿A quién dirigirse para integrarse como voluntario para la reforestación?
En las oficinas de la Dirección de Ecología, ubicada en la calle Pedro Laguna s/n, Colonia centro de la Cabecera municipal de Jocotitlán.
3. ¿Los arboles forestales se venden?
No, son gratuitos
Fundamento legal:
Artículo 4, 27 párrafo tercero, 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 13 fracción I, VI, X, XVII: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Articulo 2.61 fracción II; 3.14 fracción I, IV, VIII; 3.66, 3.67, 3.68, 3.74, 3.75, 3.93 del Código para la Biodiversidad del Estado de México, Articulo 223 del Bando Municipal Jocotitlán 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La reforestación se evaluará de acuerdo a la disponibilidad de la planta y que el área a reforestar cuente con las condiciones para el manejo adecuado
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de la solicitud de árboles del dominio público del Municipio de Jocotitlán.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
24/04/2023 04:00 pm



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