Gobierno del Estado de México
 

Contratación de los servicios y/o regularización para usuarios omisos.

El trámite que se realiza cuando el usuario solicita los servicios de agua potable y drenaje por primera vez, en caso de derivación o factibilidad; cuando ya cuente con los servicios sin que exista un contrato y/o sea requerido por la autoridad fiscal para su regularización y alta en el padrón de usuarios del Organismo.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
 

Costo

 
 
Adicional:
El costo será conforme al presupuesto emitido por el organismo o en su caso dictamen técnico correspondiente.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario solicita la contratación de los servicios de toma independiente por primera vez y/o derivación previa emisión de factibilidad; o en caso de contar con los servicios de forma omisa y sea requerido por el Organismo para su regularización.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de registro previamente autorizado.
SI
NO
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; artículos 56 fracción II del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

2. Identificación oficial del Contribuyente y en su caso, carta poder simple dirigida al Organismo, con identificaciones del apoderado y dos testigos (en caso de no ser el titular quien tramite.)
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

3. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura

pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o

administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios.
Nota: En caso de no acreditar la propiedad podrá presentar comprobante de domicilio donde se instalarán los servicios, en este caso el recibo que expida la autoridad será innominado.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

4. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

5. Factibilidad de tipo de servicio y uso, siendo procedente, en su caso inspección y/o verificación.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

6. Constancia fiscal actualizada en caso de requerir factura.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

7. Croquis de ubicación cotejado en la base de datos cartográfica de este organismo (especificando el nombre de la calle y entre que calles se encuentra).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de registro previamente autorizado.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

2. Identificación oficial del Contribuyente y en su caso, carta poder simple dirigida al Organismo, con identificaciones del apoderado y dos testigos (en caso de no ser el titular quien tramite).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

3. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios.
Nota: En caso de no acreditar la propiedad podrá presentar comprobante de domicilio donde se instalarán los servicios, en este caso el recibo que expida la autoridad será innominado.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

4. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

5. Factibilidad de tipo de servicio y uso, siendo procedente, en su caso inspección y/o verificación.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

6. Constancia fiscal actualizada en caso de requerir factura
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

7. Croquis de ubicación cotejado en la base de datos cartográfica de este organismo (especificando el nombre de la calle y entre que calles se encuentra).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de registro previamente autorizado.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

2. Identificación oficial del Contribuyente y en su caso, carta poder simple dirigida al Organismo, con identificaciones del apoderado y dos testigos (en caso de no ser el titular quien tramite).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

3. Documento que acredite la propiedad y/o posesión, (escritura pública expedida por notario público, resolución de autoridad judicial o administrativa), en caso de copropiedad, deberá presentar el acuerdo o documento en el que conste la autorización de la gestión del servicio por los copropietarios.
Nota: En caso de no acreditar la propiedad podrá presentar comprobante de domicilio donde se instalarán los servicios, en este caso el recibo que expida la autoridad será innominado.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

4. Boleta de predio actual (según aplique).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

5. Factibilidad de tipo de servicio y uso, siendo procedente, en su caso inspección y/o verificación.
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

6. Constancia fiscal actualizada en caso de requerir factura
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

7. Croquis de ubicación cotejado en la base de datos cartográfica de este organismo (especificando el nombre de la calle y entre que calles se encuentra).
SI
1, Simple
Artículos 117 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, Artículo 45 fracción X de la ley del agua para el estado de México, artículos 3 fracciones II y III, 81, 82, 93, 111, 118, código de procedimientos administrativos del estado de México; Artículo 56 fracción II, del Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, publicado en el Periódico oficial de la Gaceta Municipal No.16 de fecha 30 de marzo de 2022, Vol.1 Sección III.

1. Presentarse ante las oficinas centrales del Organismo (Avenida Isidro Fabela No. 72a, Barrio Nativitas Municipio de Tultitlan Edo. Méx.) con sus requisitos completos.
2. Indicar en ventanilla de este Organismo el trámite o servicio que desea realizar.
3. En su caso ingresara la solicitud del trámite o servicio que requiera o se le remitirá al área responsable quien le recabara sus requisitos y le proporcionara la información adecuada a sus necesidades.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Eloy espinosa Montoya
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558883333 Ext: 119
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: apast@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Contrato que refiere el número de registro o cuenta de usuario, recibo que acredita el pago por los derechos de los servicios contratados.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿A quiénes se les considera omisos?
A los predios que cuentan con los servicios de agua potable y alcantarillado, sin que exista un contrato celebrado entre el organismo y el propietario y/o poseedor del predio.
2. ¿Se puede solicitar otra toma en el mismo predio?
Dependerá de las condiciones físicas y jurídicas del inmueble en cuestión previa factibilidad.
3. ¿Si no acredito la propiedad puedo contratar los servicios?
Sí, deberá comprobar la posesión del inmueble y el recibo se expedirá a nombre (usuario de la toma). Cabe mencionar que este no crea derechos del inmueble.
Fundamento legal:
Artículo 34 fracción I, 37, 44 fracción III, 67 fracción I, 70 fracciones I, II, III y VIII, 71, 72, 73, 74, 76, 79, de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, 76, 80, 108, 112, 113, 114, 115, 121, 126, del Reglamento de Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; Artículos 16, 129, 130, 134, 135, 361 fracciones I, II del Código Financiero del Estado de México. Artículo 6, 7, de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que cumpla con los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario solicita la contratación de los servicios de toma independiente por primera vez y/o derivación previa emisión de factibilidad; o en caso de contar con los servicios de forma omisa y sea requerido por el Organismo para su regularización.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
11/05/2023 09:54 pm



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