Gobierno del Estado de México
 

Uso del Centro Municipal de Cultura y Arte (CEMCA)

Consiste en prestar las instalaciones del centro municipal de cultura y arte (CEMCA) a personas físicas, jurídicas colectivas o instituciones públicas, privadas y/o religiosas, para la realización de eventos que no excedan de 100 personas (salón chico) y no afecten derechos de terceros, con fines Culturales, Artísticos y Recreativos con el propósito de fomentar la cultura entre la población atizapense.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista interés de la población en hacer uso del Centro Municipal de Cultura y Arte (CEMCA)

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ingresar en Oficialía Común de Partes el oficio de petición con 30 días de anticipación a la realización del evento. Señalando domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del municipio, así como número telefónico del solicitante;
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 10, 11, 14, 15 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

2. Identificación Oficial vigente
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 10, 11, 14, 15 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ingresar en Oficialía Común de Partes el oficio de petición con 30 días de anticipación a la realización del evento. Señalando domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del municipio, así como número telefónico del solicitante;
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Deportivas Municipales de Atizapán de Zaragoza, artículo 40

2. Identificación Oficial vigente
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 10, 11, 14, 15 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ingresar en Oficialía Común de Partes el oficio de petición con 30 días de anticipación a la realización del evento. Señalando domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del municipio, así como número telefónico del solicitante;
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 10, 11, 14, 15 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

2. Identificación oficial vigente del solicitante.
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 10, 11, 14, 15 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

1. Acudir a las instalaciones del Centro Municipal de Cultura y Arte de Atizapán de Zaragoza para verificar disponibilidad.
2. Realizar escrito petición anexando los requisitos correspondientes e ingresarlo por oficialía común de partes
3. Esperar respuesta en tiempo señalado
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Social
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Julio Cesar Martínez Hernández
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Social
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 36 22 28 00 Ext: 2719 y 2817
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Centro Municipal de Cultura y Arte (CEMCA)
Domicilio 5 No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Fraccionamiento Bosques de Atizapán,
C.P. 52967, Municipio Atizapán de Zaragoza, México
Municipios que atiende: Atizapán de Zaragoza
Titular de la oficina:
Lic. Edgar Rainier Palacios Landeros
Cargo del titular:
Subdirector de Cultura
Teléfonos:
55 21213604
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de aprobación para llevar a cabo el evento
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo hacer uso de todo el inmueble denominado CEMCA (salón chico y salón grande)?
No, solo se otorga en préstamo el salón chico
2. ¿Qué ocurre si no desocupo las instalaciones en los días acordados?
Se dará aviso a la autoridad competente quien aplicara la sanción correspondiente
3. ¿El mantenimiento de los servicios durante el evento, de quien son responsabilidad?
Si son eventos realizados por la Dirección de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Cultura o por las dependencias del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, será responsabilidad de la Dirección de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Cultura. Eventos realizados por personas físicas, jurídico colectivas o instituciones públicas serán responsabilidad del solicitante.
Fundamento legal:
Artículos 1, 2 fracción lll, 12, 13, 17, 18 fracciones l, ll, IV, VI de la ley de Bienes del Estado de México y de sus municipios.
Artículo 75 y 76 fracción XI, XVII, XIX, XX y XXI del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza
Reglamento para el uso y aprovechamiento de las Instalaciones Culturales del Municipio de Atizapán de Zaragoza Estado de México.
Articulo 64 del Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se prestará el inmueble solo para la realización de eventos culturales, artísticos y recreativos mediante oficio ingresado previamente en oficialía común de partes con 30 días hábiles de anticipación, en caso de que no haya disponibilidad de la fecha que solicitan se le hace la mención al ciudadano de que fechas se encuentran disponibles (una vez solicitado mediante Oficialía Común de Partes se otorgará el servicio)
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista interés de la población en hacer uso del Centro Municipal de Cultura y Arte (CEMCA)
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
09/06/2023 12:41 pm



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