Gobierno del Estado de México
 

Atención a Recursos de Revisión en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

El recurso de revisión es un medio de protección que la ley otorga a los particulares para hacer valer su derecho de acceso a la información pública.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Luvianos
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista una inconformidad del particular.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Que exista un trámite de solicitud de acceso a la información y que no haya quedado satisfecho con la respuesta recibida.
SI
NO
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios del artículo 176 al 195.

1. Realizar una solicitud de información a través de SAIMEX.

2. Verificar la respuesta.

3. Seleccionar la opción "Inconformarse" y presentar el recurso de revisión.

4. Describir las razones o motivos de inconformidad.

5. Esperar la resolución del Recurso de Revisión.
Dependencia u organismo:
Municipio Luvianos
Dirección general:
Unidad de Transparencia
Unidad administrativa responsable:
Unidad de Transparencia
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Edgar Eduardo Jimenez Reyes
Cargo del titular:
Titular de la unidad de transparencia
Domicilio:
Plaza Venustiano Carranza No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 51440, Luvianos, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
La información solicitada.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea de principio a fin:

30 minuto(s)

1. ¿Tiene algún costo el recurso de Revisión?
Este ejercicio deberá ser gratuito. Solo podrán realizarse cobros para recuperar los costos de reproducción, certificación o envío en los términos previstos por el Código Financiero del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables. En ningún caso el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción, certificación o de envío.
2. ¿Qué es un recurso de revisión?
El recurso de revisión es la garantía secundaria mediante la cual se pretende reparar cualquier posible afectación al derecho de acceso a la información pública.
3. ¿Cuál es el papel que desarrolla la Unidad de Transparencia con el particular?
En las respuestas a las solicitudes de acceso a la información pública, las unidades de transparencia deberán informar a los interesados el derecho y plazo que tienen para promover recurso de revisión.
Fundamento legal:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios del artículo 176 al 195.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La inconformidad del particular.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
Generación del Recurso de Revisión y posteriormente la respuesta solicitada.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista una inconformidad del particular.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
06/07/2022 11:21 am



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