Gobierno del Estado de México
 

Autorización de explotación de anuncios publicitarios clasificados como categoría B

Consiste en expedir la Licencia de anuncios publicitarios clasificados como categoría B, basados en anuncios o elementos publicitarios que tengan el carácter permanente, cuya superficie de exposición sea hasta 15.00 metros cuadrados, ya sea que cuenten o no con una estructura independiente que los soporte:
I.- La colocación en muros, bardas, edificios, obras en construcción y predios baldíos, así como en tapias, techos y fachadas de las edificaciones.
2.- Los colocados, adheridos o fijados en puertas, cristales, ventanas, andamios, bardas y techos de obras en construcción.
3.- Los empotrados o colocados en marquesinas, salientes o en toldos.
4.-Los empotrados que integrando una estructura resulten o no, en volado en la edificación en que se realicen las actividades industriales, comerciales y de servicios.
5.- Los colocados en tableros, bastidores o carteleras que se encuentren fijados o en el suelo; y
6.- Todos aquellos estructurales que se encuentren sustentados en postes, mástiles, ménsulas, soportes u otra que se cimienten en azoteas, terrenos o piso del inmueble en que estén colocados, incluyendo Anuncios Electrónicos y Pantallas.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 103.74 pesos.
Adicional:
FUNDAMENTO JURÍDICO: Artículos 120 y 121 fracciones I, II, III, V del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En las cajas de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, Jurídico Colectiva o Industriales Educativas deseen obtener la autorización temporal de la explotación de anuncios publicitarios. Categoría ?B?.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad dirigido al subdirector de la misma, manifestando bajo protesta de decir verdad que los datos, así como la documentación son fidedignos, el tipo de anuncio, indicando el periodo durante el cual se instalará, colocará, explotará, fijará y usará el anuncio.
SI
1,
Artículos 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Croquis de la localización señalando dirección, nombre de las calles circundantes, número de lotes y manzana y/o número oficial.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acreditar legal y fehacientemente la propiedad, posesión legal o la autorización del propietario para colocar en el inmueble algún anuncio.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Presentar el diseño que aparecerá en el área de exposición y su leyenda, o si se tiene, una fotografía del anuncio
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Licencia de Uso de Suelo o Cédula informativa de Zonificación.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Licencia de funcionamiento vigente, en el caso de Unidades Económicas Comerciales, Industriales y prestadoras de servicios.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Identificación oficial de quien realice el trámite, en su caso, y/o Poder Notarial y en su caso Carta Poder firmada por dos testigos con copia de identificaciones.
SI
1,
Artículos 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Realizar el pago correspondiente
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad dirigido al subdirector de la misma, manifestando bajo protesta de decir verdad que los datos, así como la documentación son fidedignos, el tipo de anuncio, indicando el periodo durante el cual se instalará, colocará, explotará, fijará y usará el anuncio
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Croquis de la localización señalando dirección, nombre de las calles circundantes, número de lotes y manzana y/o número oficial.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza. Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Acreditar legal y fehacientemente la propiedad, posesión legal o la autorización del propietario para colocar en el inmueble algún anuncio.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza. Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Presentar el diseño que aparecerá en el área de exposición y su leyenda, o si se tiene, una fotografía del anuncio
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza. Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Licencia de Uso de Suelo o Cédula informativa de Zonificación.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza. Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Licencia de funcionamiento vigente, en el caso de Unidades Económicas Comerciales, Industriales y prestadoras de servicios.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza. Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Identificación oficial de quien realice el trámite, en su caso, y/o Poder Notarial y en su caso Carta Poder firmada por dos testigos con copia de identificaciones, también según corresponda copia del acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público, de la propiedad y el Comercio (Función Registral).
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Realizar el pago correspondiente.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad dirigido al subdirector de la misma, manifestando bajo protesta de decir verdad que los datos, así como la documentación son fidedignos, el tipo de anuncio, indicando el periodo durante el cual se instalará, colocará, explotará, fijará y usará el anuncio
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Croquis de la localización señalando dirección, nombre de las calles circundantes, número de lotes y manzana y/o número oficial
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Acreditar legal y fehacientemente la propiedad, posesión legal o la autorización del propietario para colocar en el inmueble algún anuncio
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Presentar el diseño que aparecerá en el área de exposición y su leyenda, o si se tiene, una fotografía del anuncio.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Licencia de Uso de Suelo o Cédula informativa de Zonificación
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Licencia de funcionamiento vigente, en el caso de Unidades Económicas Comerciales, Industriales y prestadoras de servicios.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Identificación oficial de quien realice el trámite, en su caso, y/o Poder Notarial y en su caso Carta Poder firmada por dos testigos con copia de identificaciones
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Identificación oficial de quien realice el trámite, en su caso, y/o Poder Notarial y en su caso Carta Poder firmada por dos testigos con copia de identificaciones
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

9. Realizar el pago correspondiente.
SI
1,
Artículo 253 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118, fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 120 y 121 fracción 1, 11 y 111 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1. Consiste en expedir la licencia de explotación de anuncios publicitarios clasificados como categoría B, basados en anuncios o elementos publicitarios que tengan el carácter permanente, cuya superficie de exposición sea hasta 15.00 metros cuadrados, ya sea que cuenten o no con una estructura independiente que los soporte
2. La colocación en muros, bardas, edificios, obras en construcción y predios baldíos, así como en tapias, techos y fachadas de las edificaciones.
3. Los colocados, adheridos o fijados en puertas, cristales, ventanas, andamios, bardas y techos de obras en construcción.
4. Los empotrados o colocados en marquesinas, salientes o en toldos
5. Los empotrados que integrando una estructura resulten o no, en volado en la edificación en que se realicen las actividades industriales, comerciales y de servicios
6. Los colocados en tableros, bastidores o carteleras que se encuentren fijados o en el suelo
7. Todos aquellos estructurales que se encuentren sustentados en postes, mástiles, ménsulas, soportes u otra que se cimienten en azoteas, terrenos o piso del inmueble en que estén colocados, incluyendo Anuncios Electrónicos y Pantallas.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia por el uso de anuncio o anuncios publicitarios Publicitarios Clasificados como Categoría ?B?
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo renovar la licencia de anuncios?
SI
2. ¿Si ya no lo utilizo el anuncio debo de dar de baja la licencia?
Si, de lo contrario deberá pagar una multa.
3. ¿Puedo dar de baja la autorización de la licencia de mi anuncio en cualquier momento?
SI
Fundamento legal:
Artículo 120 y 121 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 47, segundo párrafo del Bando Municipal Vigente.
Artículos 247, 248, 252, 253, 256, 257, 258, 260, 262, 265, 266, 267, 270, 274, 275, 278, 282, 283, 284 y 287 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículo 118, fracción 1 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La falta de cualquiera de los requisitos será motivo para no otorgarse la autorización correspondiente, ni podrá instalar, explotar o usar el anuncio o Elemento Publicitario.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, Jurídico Colectiva o Industriales Educativas deseen obtener la autorización temporal de la explotación de anuncios publicitarios. Categoría ?B?.
Trámites o servicios relacionados:
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Última actualización:
17/05/2023 04:59 pm



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