Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Funcionamiento para estacionamiento de servicio al público por revalidación

Consiste en revalidar la Licencia de Funcionamiento para Estacionamientos de Servicio Público al permisionario durante los cuatro primeros meses de cada año, siempre y cuando el interesado haya cumplido con las disposiciones legales aplicables.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ .4 pesos.
Adicional:
Los establecimientos que presten el servicio de manera permanente pagaran bimestralmente 0.40 veces el valor del UMA vigente ($103.74), por cada espacio o cajón autorizado, dentro de los días primero al diecisiete de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre.
FUNDAMENTO JURÍDICO: Artículo 158 fracción 1 y II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, o Jurídico Colectiva deseen revalidar su Licencia de Funcionamiento para Estacionamiento de Servicio al Público.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad y/o en el Centro de Atención Empresarial.
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Formato único debidamente requisitado
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente, tratándose de personas físicas
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Documento que acredite la personalidad (Poder Notarial o en su caso, Carta Poder con copia de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular).
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Tratándose de personas extranjeras, copia del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación, que compruebe su legal estancia en el país y su debida autorización para dedicarse a la actividad que pretende.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. En su caso los recibos de pagos correspondientes de los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Licencia de funcionamiento del periodo inmediato anterior
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Póliza de seguro que cubra el período anual que se pretende revalidar.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

9. Comprobante de calibración anual de los relojes checadores
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

10. El pago de los derechos con relación al Código Financiero
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

11. Visto Bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad y/o en el Centro de Atención Empresarial.
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Formato único debidamente requisitado.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente, tratándose de personas físicas
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Documento que acredite la personalidad (Poder Notarial o en su caso, Carta Poder con copia de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular).
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Tratándose de personas extranjeras, copia del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación, que compruebe su legal estancia en el país y su debida autorización para dedicarse a la actividad que pretende.
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. En su caso los recibos de pagos correspondientes de los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Licencia de funcionamiento del periodo inmediato anterior
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Póliza de seguro que cubra el período anual que se pretende revalidar.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

9. Comprobante de calibración anual de los relojes checadores;
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

10. El pago de los derechos con relación al Código Financiero
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

11. Visto Bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar escrito en la Subdirección de Normatividad y/o en el Centro de Atención Empresarial
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Formato único debidamente requisitado.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Identificación oficial vigente, tratándose de personas físicas.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Documento que acredite la personalidad (Poder Notarial o en su caso, Carta Poder con copia de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular).
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. En su caso los recibos de pagos correspondientes de los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Licencia de funcionamiento del periodo inmediato anterior
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Póliza de seguro que cubra el período anual que se pretende revalidar
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

8. Comprobante de calibración anual de los relojes checadores;
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

9. El pago de los derechos con relación al Código Financiero
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

10. Visto Bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos.
SI
NO
Artículos 11 fracción 11, 14 fracciones I, 11, III y IV, y 76 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Artículo 118 y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

1. PRSENTAR OFICIO DE SOLICITUD CON TODOS LOS REQUISITOS
2. ESPÉRAR A SER CITADO EN LA SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD Y VERIFICACIÓN PARA APROBACIÓN DE TRÁMITE.
3. REALIZAR EL PAGO
4. SE EMITE AUTORIZACIÓN
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Revalidación de la Licencia de Funcionamiento para Estacionamientos de Servicio al Público.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Es obligatorio revalidar la licencia de funcionamiento?
Si, de lo contrario será acreedor a una multa administrativa por extemporaneidad.
2. ¿Es forzoso el visto bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos?
SI
3. ¿Puedo renovar mi póliza de seguro de manera trimestral?
No, tendrá que ser Bimestral.
Fundamento legal:
Artículo 158 fracción 1 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 47 segundo párrafo del Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Artículos 11 fracción II, 14 fracciones I, II, III y IV y 87, del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La falta de cualquiera de los requisitos será motivo para no otorgarse la autorización correspondiente
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, o Jurídico Colectiva deseen revalidar su Licencia de Funcionamiento para Estacionamiento de Servicio al Público.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/05/2023 01:13 pm



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