Gobierno del Estado de México
 

Visto bueno para base de taxi

Consiste en expedir un Visto Bueno para las bases de taxis, con fundamento en el artículo 37 de la Ley de Movilidad del Estado de México, que ocupen los lugares de uso común de los centros de población, en las calles y sitios conforme a las disposiciones legales aplicables que determine la autoridad
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

Costo por día
$32.73
costo por mes
$981.90
costo por año
$11,946.45
Costo por día
$65.46
costo por mes
$1,963.80
costo por año
$23,892.90
Costo por día
$98.20
costo por mes
$2,945.70
costo por año
$35,839.35
Costo por día
$138.93
costo por mes
$3,926.80
costo por año
$47,785.80
Costo por día
$163.67
costo por mes
$4,909.50
costo por año
$59,732.25
Adicional:
Artículo 157 fracción II y segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En las cajas de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, Jurídico Colectiva necesiten la expedición a su favor de un Visto Bueno para Base que requieren las bases de Taxis de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Movilidad del estado de México

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito dirigido al subdirector de Normatividad y Verificación acompañando de los siguientes requisitos y documentos; Nombre o razón social, domicilio y nacionalidad del solicitante; si se trata de persona jurídica colectiva deberá acompañar testimonio o copia certificada de la escritura constitutiva que acredite su personalidad y las facultades otorgadas
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Croquis de localización del predio o inmueble donde se pretende instalar o se encuentra la base en la vía pública.
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. La autorización de base expedida por la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de México.
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Copia del Registro Federal de Contribuyentes
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Fecha de Inicio de operación
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Horario de servicio
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Pago de derechos
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito dirigido al subdirector de Normatividad y Verificación acompañando de los siguientes requisitos y documentos; Nombre o razón social, domicilio y nacionalidad del solicitante; si se trata de persona jurídica colectiva deberá acompañar testimonio o copia certificada de la escritura constitutiva que acredite su personalidad y las facultades otorgadas
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Croquis de localización del predio o inmueble donde se pretende instalar o se encuentra la base en la vía pública.
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. La autorización de base expedida por la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de México.
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Copia del Registro Federal del Contribuyente
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Fecha de Inicio de Operación
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Horario de servicio
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

7. Pago de derechos
SI
1,
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. NO APLICA
NO APLICA

1. Presentar oficio de solicitud de con todos los requisitos.
2. Esperar a ser citado en la Subdirección de Normatividad y Verificación para aprobación de trámite.
3. Realizar el pago.
4. Se emite autorización.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Visto bueno para Base
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El cajón de estacionamiento tiene que estar debidamente delimitado?
Si.
2. ¿Cómo se delimitan los cajones de estacionamiento?
Tiene que estar marcado con pintura.
3. ¿Cuál es el límite de cajones de estacionamiento?
El que estipule el Visto Bueno para base de taxis.
Fundamento legal:
Artículo 96 Fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 157 fracción II del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 47 segundo párrafo del bando Municipal de Atizapán de Zaragoza vigente.
Artículo 37 de la Ley de Movilidad del Estado de México
Artículos 83 y 84 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículo 118 y 232 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La falta de cualquiera de los requisitos será motivo para no otorgarse la autorización correspondiente.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, Jurídico Colectiva necesiten la expedición a su favor de un Visto Bueno para Base que requieren las bases de Taxis de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Movilidad del estado de México
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/05/2023 04:36 pm



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