Gobierno del Estado de México
 

Baja de Licencia de Funcionamiento.

Consiste en expedir la baja de la licencia de funcionamiento a las personas que dejaron de explotar de manera permanente su actividad en una unidad económica determinada
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular de la licencia de funcionamiento dejó de explotar de manera permanente su actividad en una unidad económica determinada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en las oficinas del Centro de Atención Empresarial.
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Formato único debidamente requisitado
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Identificación oficial vigente
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Documento con el que acredite su personalidad (Poder Notarial o en su caso, Carta Poder con copia de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular).
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Tratándose de personas extranjeras, copia del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación, que compruebe su legal estancia en el país y su debida autorización para dedicarse a la actividad que pretende.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. En su caso los recibos de pagos correspondientes de los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Original de la Licencia de Funcionamiento vigente, o la última obtenida.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.



Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en el Centro de Atención Empresarial.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

2. Formato único debidamente requisitado
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

3. Documento con el que acredite su personalidad (Poder Notarial o en su caso, Carta Poder con copia de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular).
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

4. Tratándose de personas extranjeras, copia del permiso otorgado por la Secretaría de Gobernación, que compruebe su legal estancia en el país y su debida autorización para dedicarse a la actividad que pretende.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

5. En su caso los recibos de pagos correspondientes a los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad; y
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

6. Original de la Licencia de Funcionamiento vigente, o la última obtenida que se encuentre regular.
SI
NO
Artículo 14 fracciones I, II, III, y IV numeral 2 del Reglamento Municipal de Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. No aplica.
No aplica.

1.Presentarse en las oficinas del Centro de Atención Empresarial.
2.Llenar formato único debidamente requisitado y anexar la identificación.
3.Presentar recibos de pagos correspondientes de los refrendos que tuviera pendientes y las multas por los años no revalidados o por extemporaneidad.
4.De ser procedente se autorizará su baja.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Resolución de baja.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Si doy de baja mi unidad económica, ¿Posteriormente puedo darla de alta nuevamente?
Si, se tendrá que realizar una nueva apertura.
2. ¿Puedo presentar copia de mis documentos?
No, todos los documentos deberán presentarse en original, mismos que se escanearán y le serán devueltos.
3. ¿puedo dar de baja mi licencia de funcionamiento tiempo después de que dejo de operar mi unidad económica?
si, tendrá que realizar el pago de las sanciones administrativas correspondientes.
Fundamento legal:
Artículo 47 segundo párrafo del bando Municipal de Atizapán de Zaragoza vigente.
Artículos 14 fracción IV, numeral 2 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículos 42, 43 y 44 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza.
Artículo 118 y 232 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
I. Positiva si cumple con los criterios solicitados.
II. Negativa si no cumple con los criterios solicitados
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular de la licencia de funcionamiento dejó de explotar de manera permanente su actividad en una unidad económica determinada.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
24/04/2023 11:13 am



Arriba