Gobierno del Estado de México
 

Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario para Rastros.

Consiste en emitir la Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario conforme a la Legislación y Normas Oficiales aplicables que deberán presentar las Personas Físicas o Jurídico Colectivas interesados en obtener el Dictamen de Giro para el funcionamiento de Rastros.
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Personas Físicas o Jurídico Colectivas que pretendan la operación y funcionamiento de Rastros.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, con los datos generales del solicitante, ingresándolo en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, o a través de la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, manifestando, bajo protesta de decir verdad, que los datos en ella contenidos son ciertos.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. A la solicitud se acompañará el original para cotejo y copia de:

a) Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR.
b) En caso de representante legal deberá anexar carta poder con copia de identificación oficial del representante legal y de los testigos.
c) Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del inmueble donde se encuentre instalado o se pretenda instalar la operación y funcionamiento de Rastro.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Acreditar documentalmente que cumple con las Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios de conformidad con la NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Presentar la Manifestación de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Presentar Registro de Descarga de Aguas Residuales emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Presentar Registro de Emisiones a la Atmósfera emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente.

NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 6, deberá ser entregada únicamente en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, con los datos generales del solicitante, ingresándolo en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, o a través de la Oficialía Común de Partes, manifestando, bajo protesta de decir verdad, que los datos en ella contenidos son ciertos.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. A la solicitud se acompañará el original para cotejo y copia de:

a) Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR.
b) En caso de representante legal deberá anexar carta poder o poder notarial y copia de identificación oficial del representante legal y de los testigos.
c) Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del inmueble donde se encuentre instalado o se pretenda instalar la operación y funcionamiento de Rastro.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Acta Constitutiva.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Acreditar documentalmente que cumple con las Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios de conformidad con la NORMA Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Presentar la Manifestación de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Presentar Registro de Descarga de Aguas Residuales emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Presentar Registro de Emisiones a la Atmósfera emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente.

NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 7, deberá ser entregada únicamente en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada.
SI
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Presentar la solicitud mediante escerito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, C.Hector Elorriaga Mejía,con los datos generales del solicitante ingresandolo en las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil,Bomberos y Medio Ambiente o atraves de Oficialia Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, manifestando bajo protesta de decir verdad, que los datos en ella contenidos son ciertos.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Cmdt. Héctor Elorriaga Mejía
Cargo del titular:
Coordinador Municipal
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 1001 Ext:
Telefono2: ( ) 3622 8667
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: hectorelorriaga@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Evaluación Técnica de Factibilidad de Impacto Sanitario para el funcionamiento de Rastros
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué es el Dictamen de Giro?
Documento de carácter permanente emitido por el Comité Municipal de Dictámenes de Giro, sustentado en las evaluaciones que realicen las autoridades municipales en el ámbito de su competencia,
2. ¿ Qué es la Evaluación Técnica de Factibilidad?
Al análisis efectuado por las autoridades municipales competentes en materias de salubridad local, que sustentan el Dictamen de Giro, para el funcionamiento de unidades económicas
3. ¿La instalación de un Rastro requiere de un Dictamen de Giro?
Si, de conformidad en le Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos 8 y 115 fracción III inciso i)Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: Artículos 1 y 8 fracciones VI y XII;
Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de Higiene para el Proceso de Alimentos, Bebidas o Suplementos Alimenticios: numerales 1, 1.2;
Código para la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible del Estado de México; Libro Primero, Titulo Primero, Artículos: 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 2.2 fracción XXVII, 2.5 inciso e), 2.7 fracción III, 2.67 Primer, Segundo, Tercero y Cuarto Párrafos, Fracción VIII, 2.78 Primer Párrafo, 2.79 Primer Párrafo, 2.80, 3.17 Segundo Párrafo y Fracciones XIII y XIV;
Ley Orgánica Municipal del Estado de México: Artículos 1, 2, 3, 31 fracción I Bis, IX, XXIII, el primer y segundo párrafo de la fracción XXIV Quáter y, el primer y segundo párrafos de la fracción XXIV Quinques; la fracciones XIII bis, XIII ter, el párrafo primero, segundo, tercero y cuarto de la fracción XIII Quáter, las fracciones XVI Bis, XXIII, y XXIV del artículo 48 y, las fracciones II Bis y XX del Artículo 96 Quáter, y se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose en su orden el subsecuente a la fracción XXIV Quáter, un segundo párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, a la fracción XXIV Quinques y una fracción XXIV Sexties al artículo 31, la fracción XXV al artículo 48 y las fracciones XXI y XXII al artículo 96 Quáter, fracciones y XLIV, y 86;
Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México: Artículos; 2 Fracción XIII Bis, 20 Bis, 20 Ter , 20 Quáter y demás relativas y aplicables;
Reglamento Municipal de Dictámenes de Giro de Atizapán de Zaragoza, Artículos 2, 3 Fracciones III, VII, X, XI y XII, 15, 16 y 18.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se dará trámite a la solicitud que no presente la documentación solicitada completa o que sus estudios o comprobantes no cumplan con la normatividad aplicable.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Personas Físicas o Jurídico Colectivas que pretendan la operación y funcionamiento de Rastros.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
12/05/2023 11:31 am



Arriba