Gobierno del Estado de México
 

Denuncia Ciudadana por Daños al Medio Ambiente

Consiste en recibir y atender las denuncias ciudadanas por daños o afectaciones al medio ambiente.
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Telefono1: ( 55 ) 3622 1001
Telefono2: 3622 8667
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la ciudadanía observe o sea testigo de alteraciones o daños ocasionados al medio ambiente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Vía telefónica, proporcionando los datos siguientes:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente.

b) La información necesaria para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Plataforma digital Atizapán Te Escucha, proporcionando los datos siguientes:

a)Nombre, teléfono y domicilio del denunciante

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Presencial, llenar el formato de Denuncia Ciudadana el cual será proporcionado en las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, así como en las oficinas de la Subdirección de Medio Ambiente o presentar escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, los cuales deberá contener:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal;

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor

c) Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Vía telefónica, proporcionando los datos siguientes:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal.

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Plataforma digital Atizapán Te Escucha, proporcionando los datos siguientes:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal.

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Presencial, llevando a cabo el llenado del formato de Denuncia Ciudadana el cual será proporcionado en las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o presentar escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, los cuales deberá contener:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal;

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor:

Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Vía telefónica, proporcionando los datos siguientes:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal.

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Plataforma digital “Atizapán Te Escucha”, proporcionando los datos siguientes:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal.

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Presencial, llenar el formato de Denuncia Ciudadana el cual será proporcionado en las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, así como en las oficinas de la Subdirección de Medio AMbiente o presentar escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, los cuales deberá contener:

a) Nombre, teléfono y domicilio del promovente, y en su caso del representante legal;

b) Los datos necesarios para localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados y/o al presunto infractor

c) Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

1.- Comunicarse vía telefónica, presencial o a través de la App a las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, proporcionando los datos del denunciante y los datos necesarios para localizar la fuente contaminante.
2.- Esperar las labores de inspección de la Denuncia Ciudadana por Daños al Medio Ambiente
3.- Recibir notificación sobre el termino de la Denuncia Ciudadana por Daños al Medio Ambiente
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Cmdt. Héctor Elorriaga Mejía
Cargo del titular:
Coordinador Municipal
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 1001 Ext:
Telefono2: ( ) 3622 8667
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: hectorelorriaga@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Folio de ingreso de denuncia.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea (pre-gestion):

20 minuto(s)

1. ¿Se va a sancionar al responsable de dañar el medio ambiente?
Será procedente la sanción siempre y cuando se le pueda comprobar la responsabilidad de los hechos denunciados.
2. ¿Le proporcionan los datos del denunciante a la persona denunciada?
No, toda la información personal es manejada de manera anónima y está protegida por la Ley General de Protección de Datos Personales.
3. ¿Qué tipo de denuncias son las que se pueden realizar?
Las que estén relacionadas con algún Daño al Medio Ambiente
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4 párrafo cuatro;
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: Artículos 122, 123 y 124;
Código para la Biodiversidad del Estado de México: Artículos: 1.1, 1.5, 1.8, 1.9, 2.290, 2.291 y 2.292;
Ley Orgánica Municipal del Estado de México: Artículos 1, 2, 3, 31 fracciones IX y XXIII y 86.
Código Administrativo del Estado de México: Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9;
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza: Artículos 7, 21 fracción I numeral I.XIV, 84, 85, 86 fracción XX y 87 fracción lV, numeral lV.ll;
Bando Municipal 2023 de Atizapán de Zaragoza: Artículos 34 fracción X, 62, 83 fracción IX, 93 fracción Vll, 95 y 96.
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se da trámite a todas las denuncias recibidas.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado como pre-gestión):
Folio de ingreso de denuncia.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la ciudadanía observe o sea testigo de alteraciones o daños ocasionados al medio ambiente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
26/06/2023 02:22 pm



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