Gobierno del Estado de México
 

Asignación de Clave y Valor Catastral

El padrón catastral se integra por un registro alfanumérico y gráfico, el cual deberá contener datos únicos e irrepetibles, compuesto de 16 caracteres que se asignan para efectos de localización de los inmuebles. La asignación de una clave catastral consiste en la inscripción de un bien inmueble por primera vez en el padrón catastral, para efectos de cumplir con sus obligaciones tributarias.
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ocoyoacac
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado (persona física o jurídico colectiva)
Solicitud de alguna Institución Pública

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o Formato autorizado.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México
Política General ACC003 del Manual Catastral del Estado de México
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México

2. Identificación del Propietario/Poseedor, o en su caso de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

4. Manifestación voluntaria.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

5. Licencia de Construcción y/o terminación de obra.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o Formato autorizado.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación del Propietario/Poseedor, o en su caso de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

4. Manifestación voluntaria.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

5. Licencia de Construcción y/o terminación de obra.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

6. Adicional a los requisitos anteriores, en el caso de predios con régimen condominal se solicita:
Escritura de régimen condominal.
Licencia de construcción y/o terminación de obra.
Planos del Conjunto y planos arquitectónicos.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

El usuario interesado solicita y/o presenta los requisitos de este trámite.
Las oficinas de tesorería reciben los requisitos que se encuentran en la cédula de información de trámites
y servicios de los municipios.
Se procede a dar seguimiento al tramite correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Ocoyoacac
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Yeni Isabel Nava Hernández
Cargo del titular:
Tesorera Municipal
Domicilio:
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación Catastral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Por qué se tiene que hacer una visita al predio?
Se realiza el trabajo de campo para verificar la veracidad de la información y aplicar una valuación correcta, ya que por ningún otro medio es posible verificar las condiciones y estado del inmueble.
2. ¿Qué es una diferencia en el pago del Impuesto Predial?
Es la diferencia que se cobra por el aumento de superficie o construcción declaradas, manifestadas o detectadas.
3. ¿A partir de cuándo se me cobran diferencias?
A partir de la fecha que se expide la terminación de obra.
Fundamento legal:
Fracciones I, II y III del artículo 171, 179, 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México.
Apartado II en sus políticas ACC001, ACC002, ACC003, ACC004 del Manual Catastral del Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Para su conclusión es necesario presentar invariablemente los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado (persona física o jurídico colectiva)
Solicitud de alguna Institución Pública
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
02/08/2022 02:55 pm



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