Gobierno del Estado de México
 

Alta de Construcción de un Inmueble

La autoridad catastral está facultada para verificar la veracidad de los datos declarados por los propietarios de los inmuebles; cuando se detecten modificaciones, la autoridad podrá requerir a los poseedores que proporcionen datos, documentos e informes de los inmuebles y realizar investigaciones de campo, levantamientos topográficos y demás actividades catastrales. Derivado de esto, se actualiza el monto a pagar por concepto de Impuesto Predial.
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ocoyoacac
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado (persona física o jurídico colectiva)
Solicitud de alguna Institución Pública

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o Formato autorizado.
SI
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación del Propietario o Poseedor, o, en su caso de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

4. Recibo oficial expedido por la Tesorería Municipal por concepto de pago del Impuesto Predial del último ejercicio fiscal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

5. Croquis de localización del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

6. Licencia de Construcción y/o terminación de obra.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o Formato autorizado.
SI
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México

Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México

2. Identificación del Propietario o Poseedor, o, en su caso de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

4. Recibo oficial expedido por la Tesorería Municipal por concepto de pago del Impuesto Predial del último ejercicio fiscal.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

5. Croquis de localización del inmueble.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

6. Licencia de Construcción y/o terminación de obra.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

7. Adicional a los requisitos anteriores, en el caso de predios con régimen condominal, se solicita:
Escritura de régimen condominal.
Licencia de construcción y/o terminación de obra.
Planos del Conjunto y planos arquitectónicos.
NO
1, Simple
Política General ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.
Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.
Cualquiera de los citados en el Artículo 182 del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 175 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
ACGC016 Del Manual Catastral del Estado de México.

El usuario interesado solicita y/o presenta los requisitos de este trámite.
Las oficinas de tesorería reciben los requisitos que se encuentran en la cédula de información de trámites
y servicios de los municipios.
Se procede a dar seguimiento al tramite correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Ocoyoacac
Dirección general:
Tesorería
Unidad administrativa responsable:
Tesorería
Titular de la unidad administrativa responsable:
Pedro Hernández Ruíz
Cargo del titular:
Tesorero
Domicilio:
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación Catastral actualizada
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Por qué se tiene que hacer una visita al predio?
Se realiza el trabajo de campo para verificar la veracidad de la información y aplicar una valuación correcta, ya que por ningún otro medio es posible verificar las condiciones y estado del inmueble.
2. ¿Qué es una diferencia en el pago del Impuesto Predial?
Es la diferencia que se cobra por el aumento de superficie o construcción declaradas, manifestadas o detectadas.
3. ¿A partir de cuándo se me cobran diferencias?
A partir de la fecha que se expide la terminación de obra.
Fundamento legal:
Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México
Fracción III del Artículo 171, 175, 175 bis, 178, 181, 182 y 184 del Código Financiero del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Para su conclusión es necesario presentar invariablemente los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del interesado (persona física o jurídico colectiva)
Solicitud de alguna Institución Pública
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
02/08/2022 02:55 pm



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