Gobierno del Estado de México
 

Expedición o renovación de dictamen de verificación de ecología

Es la autorización que deberá obtener toda fuente fija con actividad industrial, comercial o de servicios, establecida en el territorio municipal, asimismo las empresas que generan emisiones a la atmósfera por su actividad productiva y que deberán pagar sus derechos correspondientes.
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
 

Costo

Costos
$718
UMA
6.92
Costos
$1182
UMA
11.39
Adicional:
Artículo 9 fracción III, artículos 92 y 93 ter del Código Financiero del Estado de México y los municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jilotzingo
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se trate de una empresa o fuente fija con actividad industrial, comercial o de servicios que generen emisiones a la atmósfera provenientes de las actividades propias para la obtención de un producto o servicio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario. (otorgado en las oficinas de la dirección general)
SI
NO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 18, 78 Y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículo 1 fracciones I, III, VI y X, articulo 4, articulo 8 fracciones III, IV, VII, XII y XVI, artículo 112 fracciones I y III, artículo 119 Bis, fracciones I Y II, artículo 120 fracciones II, artículo 134 fracciones I, II y III de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; artículo 1.6 fracción II, artículo 2.1, artículo 2.2 fracciones I, II y XXII, articulo 2.6 fracciones III; artículo 2.8 fracción VI y XVIII; artículo 2.9 fracciones I, IV, VI, VIII, XVI y XXXIV; artículos 2.138, 2.145, 2.148, 2.149 fracciones III y V; artículo 2.155 fracción II, inciso a; artículo 2.164 fracción II , artículo 2.165 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México; artículo 9 fracción III, artículos 92, 93, 93 bis y 93 ter del Código Financiero del Estado de México y los municipios, artículos 155, 156, 157 fracciones I, IV, V, VII, XX, XXII, XXIII, XXVI, artículo 158 fracciones I, VIII, IX, artículo 159 del Bando Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2022.

2. 2.-Identificación oficial del propietario y/o solicitante,
NO
1,


3. 3.-Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. con pago del impuesto predial vigente
NO
1,


4. 4.-Dictamen de protección civil y h. cuerpo de bomberos
NO
1,


5. 5.-2 fotografías del inmueble, la primera deberá ser del negocio o giro y la segunda deberá ser de la fosa séptica del negocio o planta tratadora, por correo electronico.
SI
NO


6. 6.-Licencia de uso de suelo.
NO
1,


7. 7.-Estudio de impacto ambiental. (en su caso)
NO
1,


8. 8.-Copia del registro de recolector de residuos expedido por la secretaría del medio ambiente (en su caso)
NO
1,


Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario. (otorgado en las oficinas de la dirección general)
SI
NO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 18, 78 Y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículo 1 fracciones I, III, VI y X, articulo 4, articulo 8 fracciones III, IV, VII, XII y XVI, artículo 112 fracciones I y III, artículo 119 Bis, fracciones I Y II, artículo 120 fracciones II, artículo 134 fracciones I, II y III de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; artículo 1.6 fracción II, artículo 2.1, artículo 2.2 fracciones I, II y XXII, articulo 2.6 fracciones III; artículo 2.8 fracción VI y XVIII; artículo 2.9 fracciones I, IV, VI, VIII, XVI y XXXIV; artículos 2.138, 2.145, 2.148, 2.149 fracciones III y V; artículo 2.155 fracción II, inciso a; artículo 2.164 fracción II , artículo 2.165 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México; artículo 9 fracción III, artículos 92, 93, 93 bis y 93 ter del Código Financiero del Estado de México y los municipios, artículos 155, 156, 157 fracciones I, IV, V, VII, XX, XXII, XXIII, XXVI, artículo 158 fracciones I, VIII, IX, artículo 159 del Bando Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2022.

2. 2.-Tratándose de persona jurídica colectiva deberá presentar escritura que acredite la constitución de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal.
NO
1,


3. 3.-Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el I.F.R.E.M. con pago del impuesto predial vigente
NO
1,


4. 4.-Dictamen de protección civil y h. cuerpo de bomberos
NO
1,


5. 5.-2 fotografías del inmueble, la primera deberá ser del negocio o giro y la segunda deberá ser de la fosa séptica del negocio o planta tratadora, por correo electronico.
SI
NO


6. 6.-Licencia de uso de suelo.
NO
1,


7. 7.-Estudio de impacto ambiental. (en su caso)
NO
1,


8. 8.-Copia del registro de recolector de residuos expedido por la secretaría del medio ambiente (en su caso)
NO
1,


Acudir a la dirección de ecología con el formato de solicitud y todos los requisitos
Se programa una inspección física al establecimiento para verificar el cumplimiento de la normativa
Si procede se hace entrega del dictamen de verificación de ecología
Dependencia u organismo:
Municipio Jilotzingo
Dirección general:
Dirección de ecología
Unidad administrativa responsable:
Dirección de ecología
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ruben Mayen Gonzalez
Cargo del titular:
Director de ecologia
Domicilio:
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 89969506 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: decojlz2022@gmail.com
Horario y días de atención:
De 8:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen de verificación de ecología
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuál es el costo del dictamen?
$11.39 UMA
$718
Contribuciones o Aportaciones de Mejoras
2. ¿Cuándo tengo que realizar el trámite?
Para la alta o nuevo ingreso en cualquier fecha del año y para la renovación, en los primeros tres meses de cada año.
3. ¿Cuánto tiempo tarda el tramite?
De acuerdo con la agenda vigente y disposición de esta
Fundamento legal:
Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículos 18, 78 Y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículo 1 fracciones I, III, VI y X, articulo 4, articulo 8 fracciones III, IV, VII, XII y XVI, artículo 112 fracciones I y III, artículo 119 Bis, fracciones I Y II, artículo 120 fracciones II, artículo 134 fracciones I, II y III de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículo 1.6 fracción II, artículo 2.1, artículo 2.2 fracciones I, II y XXII, articulo 2.6 fracciones III; artículo 2.8 fracción VI y XVIII; artículo 2.9 fracciones I, IV, VI, VIII, XVI y XXXIV; artículos 2.138, 2.145, 2.148, 2.149 fracciones III y V; artículo 2.155 fracción II, inciso a; artículo 2.164 fracción II , artículo 2.165 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 9 fracción III, artículos 92, 93, 93 bis y 93 ter del Código Financiero del Estado de México y los municipios,
Artículos 121, 122 fracciones IV, V, XVII, XX, XXII del Bando Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No cumplir con los requisitos completos y/o que la información presentada sea incorrecta
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se trate de una empresa o fuente fija con actividad industrial, comercial o de servicios que generen emisiones a la atmósfera provenientes de las actividades propias para la obtención de un producto o servicio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/09/2023 10:52 am



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