Gobierno del Estado de México
 

Apoyos funcionales.

Permite dar el apoyo funcional (sillas de ruedas, andaderas, bastones, y auxiliares auditivos a las personas que lo requieran).
Av. Vicente Guerrero. No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. San Andrés., C.P. 55780, Jaltenco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jaltenco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se solicite en la dirección de bienestar social y la persona indicada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. INE actualizada
NO
1, Simple
Capítulo I artículos 1, 2 ,3, 11 y 12 fracción de la I a la IX de la ley de asistencia social del estado de México capítulo 11, artículo 10,11,12,16,17 fracciones de la I a la XI artículos 18,19,20,21 del reglamento de la ley de desarrollo social del estado de México, artículo 22 fracciones de la I a la XXI de la ley orgánica de la administración pública del estado de México. Artículo I fracciones de la I a la XI, artículo 4, artículo 5 fracciones de la I a la X, artículos 6,7,8,9,10 fracciones de la I a la IX de la ley general de desarrollo social del estado de México. Artículo 2,3 fracciones IV bis, IV bis 2 XVII de la ley general de salud.

2. Certificado médico o bien un documento de alguna institución que ratifique que necesita el aparato funcional.
SI
NO
Capítulo I artículos 1, 2 ,3, 11 y 12 fracción de la I a la IX de la ley de asistencia social del estado de México capítulo 11, artículo 10,11,12,16,17 fracciones de la I a la XI artículos 18,19,20,21 del reglamento de la ley de desarrollo social del estado de México, artículo 22 fracciones de la I a la XXI de la ley orgánica de la administración pública del estado de México. Artículo I fracciones de la I a la XI, artículo 4, artículo 5 fracciones de la I a la X, artículos 6,7,8,9,10 fracciones de la I a la IX de la ley general de desarrollo social del estado de México. Artículo 2,3 fracciones IV bis, IV bis 2 XVII de la ley general de salud.

3. Comprobante de domicilio (luz, teléfono no mayor a dos meses, o bien constancia domiciliaria).
NO
1, Simple
Capítulo I artículos 1, 2 ,3, 11 y 12 fracción de la I a la IX de la ley de asistencia social del estado de México capítulo 11, artículo 10,11,12,16,17 fracciones de la I a la XI artículos 18,19,20,21 del reglamento de la ley de desarrollo social del estado de México, artículo 22 fracciones de la I a la XXI de la ley orgánica de la administración pública del estado de México. Artículo I fracciones de la I a la XI, artículo 4, artículo 5 fracciones de la I a la X, artículos 6,7,8,9,10 fracciones de la I a la IX de la ley general de desarrollo social del estado de México. Artículo 2,3 fracciones IV bis, IV bis 2 XVII de la ley general de salud.

Se hace la gestión en la dirección de bienestar social.
Se entrega la documentación solicitada.
Se hace entrega del apoyo funcional a las personas que lo requirieron.
Dependencia u organismo:
Municipio Jaltenco
Dirección general:
Bienestar Social.
Unidad administrativa responsable:
Bienestar Social.
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Armando Gamiño Sánchez.
Cargo del titular:
Director.
Domicilio:
Av. Vicente Guerrero. No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. San Andrés., C.P. 55780, Jaltenco, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 5589675137 Ext: 111
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: gsarmando64@yahoo.com.mx
Horario y días de atención:
De 8:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Obtención de un aparato funcional (silla de ruedas, andadera, bastón y auxiliar auditivo).
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cómo obtener un apoyo funcional?
Preguntando en la dirección de bienestar social si por el momento cuentan, con ese apoyo a la comunidad.
2. ¿Se puede dar a cualquier persona que lo solicite?
Se otorga a toda persona del municipio, que se encuentre entre 18 y 59 años siempre y cuando su padecimiento lo requiera.
3. ¿Cuánto tiempo tardan en entregar el aparato funcional?
La entrega del aparato dependerá de la existencia del mismo en la dirección o bien de la gestión realizada.
Fundamento legal:
Capítulo i artículos. 1, 2 ,3, 11 y 12 fracción de la i a la IX de la ley de asistencia social del estado de México capitulo XI artículos 10,11,12,16,17 fracciones de la I a la XI artículos 18,19,20,21 del reglamento de la ley de desarrollo social del estado de México, artículo 22 fracciones de la I a la XXI de la ley orgánica de la administración pública del estado de México. Artículo I fracciones de la I a la XI, artículo 4, artículo 5 fracciones de la I a la X, artículo 6,7,8,9,10 fracciones de la I a la IX de la ley general de desarrollo social del estado de México. Articulo 2,3 fracciones IV bis, IV bis 2 XVII de la ley general de salud. Constitución política de los estados unidos mexicanos.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que el solicitante cumpla con los requisitos necesarios para cumplir con el trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se solicite en la dirección de bienestar social y la persona indicada.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
23/04/2024 02:49 pm



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