Gobierno del Estado de México
 

Visto bueno para la factibilidad y repercusión de la colocación de anuncios publicitarios con el fin de evitar contaminación visual en el centro histórico.

Se otorga el Visto Bueno considerando las características propias del anuncio publicitario, a fin de evitar contaminación visual.
Plaza Rayon No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando una persona pretenda colocar un anuncio publicitario en el Centro Histórico.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
NO
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

3. Descripción del anuncio publicitario mencionando características como: datos, función, contenido, mensaje, ubicación dentro del predio, dimensiones y materiales.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
NO
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

3. Descripción del anuncio publicitario mencionando características como: datos, función, contenido, mensaje, ubicación dentro del predio, dimensiones y materiales.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

4. Documento que acredite la personalidad del solicitante.
NO
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio.
NO
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

3. Descripción del anuncio mencionando características como: datos, función, contenido, mensaje, ubicación dentro del predio, dimensiones y materiales.
SI
1, Simple
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.

1.- Acudir a la Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales para pedir información.
2.- Ingresar oficio de solicitud dirigido al Presidente Municipal en oficialía de partes.
3.- Oficialía de partes turnará la solicitud a la Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales.
4.- Se realizará visita de inspección para verificar el cumplimiento de la normatividad.
5.- Se emite el Visto Bueno en caso de resultar favorable.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.B. Irma Lloali Reyes Reyes
Cargo del titular:
Directora de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales
Domicilio:
Plaza Rayon No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 122 99 02 Ext: 309
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: medio_ambiente@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Visto Bueno
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Todos los anuncios requieren el visto bueno?
No, solamente los que determine la Dirección de Medio Ambiente y Cuidado de Recursos Naturales y Planeación del Territorio.
2. ¿Cuál es la finalidad del visto bueno?
Evitar la contaminación visual.
3. ¿Aplica para todo el Municipio?
No. sólo para el Centro Histórico, catalogado como tal en el Plan de Desarrollo Urbano Municipal.
Fundamento legal:
Artículos 4, 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 1, 182, 189, 190, 191 y 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículos 1.8, 2.2 fracción XVII, 2.5 fracción XII, 2.7 fracción III inciso h, 2.194, 2.195, 2.196, 2.222, 2.223, 2.263 fracción III, 2.290 y 2.291 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículo 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículos 30, 113, 116 fracción XI, 178 fracción I inciso c, 186 y 239 fracciones IV, V, VI, X y XI del Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando las características del anuncio cumplan con lo marcado en la Norma NTEA-003-SEGEM-DS-2004, el Plan de Desarrollo Urbano, el Bando Municipal vigente de Ixtlahuaca, normas y leyes relacionadas, se dará una respuesta positiva, de lo contrario no se autorizará su instalación.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando una persona pretenda colocar un anuncio publicitario en el Centro Histórico.
Última actualización:
14/06/2023 03:13 pm



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