Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Que las instalaciones y condiciones del lugar en donde se pretenda celebrar el evento público, tengan acceso directo a la vía pública, espacios abiertos, salidas de emergencia y, en general, todas las instalaciones necesarias para garantizar la seguridad y la rápida evacuación de los asistentes en caso de emergencia.
SI
1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
2. Que los eventos públicos en los que se pretenda vender alcohol cuenten con la evaluación técnica de factibilidad de impacto sanitario, emitido por la autoridad municipal correspondiente.
SI
1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
3. Que el lugar en donde se pretenda celebrar algún evento público sea compatible con la naturaleza del mismo y se encuentre inscrito en el registro municipal de inmuebles.
SI
1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
4. Que los titulares cuenten con los elementos necesarios para garantizar que durante el desarrollo del evento público se mantenga el orden, la seguridad y la integridad de los participantes y asistentes.
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
5. Que los titulares cumplan con las normas oficiales mexicanas aplicables.
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
6. Que los titulares obtengan la licencia provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo, prevista en el artículo 31 fracción I ter de la ley orgánica municipal del estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
7. Que el itinerario del evento público que se pretendan presentar, sea congruente con la normatividad aplicable y cumpla a cabalidad con los requisitos establecidos en la misma.
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
8. Para el caso de ruido emitido en el evento de que se trate, se estará a lo dispuesto por la ley de competitividad y ordenamiento comercial del estado de México;
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
9. Que el lugar en el que se ha de realizar el evento público cuente con la evaluación técnica de impacto en materia urbana, que en su caso corresponda;
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1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
10. Contar con la evaluación técnica de impacto en materia de protección civil;
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1, Simple
Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México
11. Que los titulares efectúen el pago del impuesto sobre anuncios publicitarios establecido en el código financiero del estado de México y municipios.
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Artículo 14 De La Ley De Eventos Del Estado De México.
Artículo 30 De La Ley De Competitividad y Ordenamiento Comercial Del Estado De México