Gobierno del Estado de México
 

Licencia Ambiental Municipal

Brinda certeza jurídica a las unidades económicas del municipio de Ocoyoacac, así mismo este trámite puede convertirse en una herramienta útil de gestión a través del cual la empresa conoce su desempeño ambiental.
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Costo:
$ 1115 pesos.
Adicional:
Artículo 2.56 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2022 al 31/12/2022.
Formas de pago:
Efectivo.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ocoyoacac
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Las unidades económicas que tengan emisiones de tipo atmosféricas, aguas residuales y/o producción de residuos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Oficio con formato libre dirigido al presidente, colocando el nombre, dirección, 2 números telefónicos.
SI
3, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

2. Solicitud previamente llenada de Licencia Ambiental Municipal.
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

3. Acta constitutiva (en caso de tratarse de una persona física no es necesaria) o documento que compruebe la propiedad o contrato de arrendamiento.
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

4. Registro Federal de Contribuyentes de la unidad económica.
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

5. Identificación Oficial del Representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

6. Licencia de uso de suelo (mediano y alto impacto).
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

7. Croquis de localización de la empresa.
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

8. Croquis de la ubicación de la descarga de aguas residuales o ubicación de fosa séptica.
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

9. Recibo por concepto de consumo de agua (comité, municipio o factura de las pipas que surten agua).
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

10. Diagrama de los procesos en los cuales se utilice agua indicando lista de materiales directos e indirecto, productos, subproductos y puntos de generación de contaminantes previos a la descarga.
SI
NO
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

11. Reporte actualizado (no mayor a 3 meses) con el resultado de la medición de las descargas de agua residual a la red de drenaje municipal y/o cuerpo receptor, realizado por un laboratorio acreditado por la entidad mexicana de acreditación (EMA).
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

12. Red de distribución de drenaje
En caso de tener fosa séptica: Presentar registro del vactor, cada cuanto desazolvan y que el proveedor este registrado ante la SEMARNAT y/o Secretaría de Medio Ambiente del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos.
Artículo 5.10 Fracción XVIII.

1. Presentarse a Oficialía de Partes con el escrito solicitando la licencia ambiental municipal.
2. Esperar la llamada por parte de la Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos.
3. Presentarse en el día y hora acordados con la documentación solicitada a la oficina de la Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos.
4. Esperar la visita de inspección por parte del personal de la dirección a su unidad económica.
5. Esperar la respuesta de aprobación o negación por parte de la Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos.
6. Acudir por el veredicto a la Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos.
7. En caso de que el veredicto sea aprobado, realizar el pago correspondiente en caja.
Dependencia u organismo:
Municipio Ocoyoacac
Dirección general:
Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos
Unidad administrativa responsable:
Dirección General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos
Titular de la unidad administrativa responsable:
José Luís Dávila Sámano
Cargo del titular:
Director General de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos
Domicilio:
Plaza de los Insurgentes No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia Ambiental Municipal.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
29 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
29 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se tiene un tiempo límite para solicitar la renovación de la licencia?
Deberá llevarse a cabo en los primeros 3 meses de cada año
2. ¿Para quién aplica la licencia ambiental municipal?
Para toda actividad comercial, industrial o de servicio que sean generadores de contaminación atmosférica, aguas residuales o residuos.
3. ¿Tiene vigencia la licencia?
Un año.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículo 4.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente artículo 32.

Código para la Biodiversidad del Estado de México artículo 2.56.

Bando Municipal de Ocoyoacac artículo 187.

Reglamento interno de Ciudad Sostenible, Cambio Climático y Recursos Hídricos artículo 37.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
En caso de hacer el trámite por primera vez se emitirá la licencia únicamente después de haberse realizado la visita de verificación e inspección.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Las unidades económicas que tengan emisiones de tipo atmosféricas, aguas residuales y/o producción de residuos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
12/07/2022 12:38 pm



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