Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documentos que acrediten la nacionalidad Mexicana:
a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, solicite al personal la información de Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo;
b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares.
e) Original de la carta de Naturalización;
f) Original del certificado de Matrícula Consular a que refiere el artículo 3, fracción VI, de la Ley de Nacionalidad;
SI
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje
2. Acreditar la identidad con alguno de los siguientes documentos:
a) Constancia médica con fotografía, exclusivamente para menores de 7 años, acompañada de una copia simple y legible de la cédula o título profesional con fotografía y firma de quien la emite
b) Certificado escolar expedido por la Secretaría de Educación Pública (SEP)
c)Constancia del grado de estudios que cursa
d)Credencial escolar vigente
e) Cédula de identidad personal
f) Constancia médica con fotografía, exclusivamente para menores de 7 años, acompañada de una copia simple y legible de la cédula o título profesional con fotografía y firma de quien la emite
g) Certificado escolar expedido por la Secretaría de Educación Pública (SEP)
h) Constancia del grado de estudios que cursa
i)Carta de Naturalización
Credencial de servicios médicos de una institución pública de
salud o seguridad social
j) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad
k) Credencial nacional para personas con discapacidad
Nota: La constancia del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra debe ser en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico tratante. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente y deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.
La copia fotostática debe ser legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
SI
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje
3. Comparecencia de ambos padres o quien ejerza patria potestad, presentando alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular como medio de identificación; cuyos datos deberán coincidir fielmente con su nombre asentando en el acta de nacimiento o carta de naturalización de la persona menor de edad:
a) Pasaporte mexicano
b) Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral (INE/IFE)
c) Título Profesional
d) Carta de Pasante
e) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada
f) Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
g) Cédula de Identidad Ciudadana
h) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad
i) Carta de Naturalización
j) Certificado de nacionalidad mexicana
K) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
l) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social
m) Credencial para jubilados o pensionados
n) Credencial nacional para personas con discapacidad
ñ) Pasaporte extranjero vigente
o) Tarjeta vigente de visitante o residente expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM)
SI
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje
4. Copia simple de la Clave Única de Población, Certificada por el registro civil.
NO
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje
5. Comprobante de pago de derechos.
1 año $815.00,
3 años $1585.00,
6 años $2155.00
SI
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje
6. El beneficio del 50% en los costos del pasaporte es aplicable a personas menores de edad con discapacidad, quienes deberán comprobarlo mediante la presentación de uno de los siguientes documentos:
a) Constancia o certificado médico expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social.
b)Credencial nacional para personas con discapacidad expedida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Nota: La vigencia de 1 año únicamente aplica para menores de 3 años.
SI
1, Simple
Artículo 2 fracción v bis y artículos 18, 19,20 21, 22, 23, 24, 26, 26, y 27 del Reglamento de pasaportes y del documento de identidad y viaje