Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.
2. Presentar escritura que acredite la constitución de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal, tratándose de fideicomisos presentar el contrato correspondiente.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. acompañado con el pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
4. Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso)
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas utm.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.
6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva, que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que se pretende, en su caso
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
7. Anteproyecto arquitectónico
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
8. Impacto regional o dictamen único de factibilidad o evaluación de impacto estatal en los supuestos previstos en el artículo 5.35 del código administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146
9. Para los casos que no causen impacto regional dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como la incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descargas de aguas residuales, el cual será emitido por el organismo o autoridad municipal correspondiente
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146