Gobierno del Estado de México
 

Cambio de uso de suelo, densidad, coeficiente de ocupación y/o utilización o incremento de altura de edificaciones.

Procedimiento que se lleva a cabo para que la Dirección de Desarrollo Urbano, emita autorización para el Cambio de Uso del Suelo, densidad, del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización y de altura de edificaciones de un lote o un predio. Previa opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN).
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa Ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
Costo:
$ 5187 pesos.
Adicional:
50 veces la UMA
Conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios con fundamento en el art. 144, Fracc. XI
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 01/02/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jilotzingo
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
- Cuando algún proyecto a realizar no sea compatible, con las políticas, estrategias e instrumentos contenidos en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente.
- Los que observe el artículo 5.57 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, que a la letra dice:

Solo se autorizará el cambio pretendido cuando concurran los supuestos siguientes:

I. El predio o lote se ubique en un área urbana o urbanizable;

II. El uso o aprovechamiento solicitado sea compatible con los usos o aprovechamientos previstos en la zona y no altere las características de la estructura urbana y de su imagen;

III. Se recabe previamente la opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

2. Identificación oficial del propietario y/o solicitante.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. acompañado con el pago del impuesto predial vigente.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

4. Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso)
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas utm.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva, que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que se pretende, en su caso.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

7. Anteproyecto arquitectónico
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

8. Impacto regional o dictamen único de factibilidad o evaluación de impacto estatal en los supuestos previstos en el artículo 5.35 del código administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

9. Para los casos que no causen impacto regional dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como la incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descargas de aguas residuales, el cual será emitido por el organismo o autoridad municipal correspondiente.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

2. Presentar escritura que acredite la constitución de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal, tratándose de fideicomisos presentar el contrato correspondiente.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

3. Documento que acredite la propiedad o posesión, inscrito en el i.f.r.e.m. acompañado con el pago del impuesto predial vigente
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

4. Carta poder simple con copia de las identificaciones de ambas (en su caso)
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

5. Plano de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias, con coordenadas utm.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146.

6. Anteproyecto del desarrollo y su memoria descriptiva, que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como descripción de las actividades que se pretende, en su caso
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

7. Anteproyecto arquitectónico
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

8. Impacto regional o dictamen único de factibilidad o evaluación de impacto estatal en los supuestos previstos en el artículo 5.35 del código administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

9. Para los casos que no causen impacto regional dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje, así como la incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado, en el que se definan los puntos de conexión de agua potable y los de descargas de aguas residuales, el cual será emitido por el organismo o autoridad municipal correspondiente
SI
1, Simple
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, artículos 5.57
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Articulo 146

Recepción de solicitud y revisión de documentación requerida.
Elaboración de Dictamen Técnico respecto a solicitud.
Se somete a la opinión de la comisión de planeación para el desarrollo municipal o en caso de no estar instalada, se solicita aprobación del dictamen al cabildo.
Emisión de autorización correspondiente.
Pago de derechos en la tesorería.
Entrega de documento
Dependencia u organismo:
Municipio Jilotzingo
Dirección general:
Dirección de desarrollo urbano y obras públicas
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano y obras públicas
Titular de la unidad administrativa responsable:
Irma Lorena Gonzalez Zamora
Cargo del titular:
Directora de desarrollo urbano y obras públicas
Domicilio:
Santa ana centro No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Santa Ana, C.P. 54570, Jilotzingo, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) Ext: 118
Telefono2: ( )
Telefono3: ( ) 89969506
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.urbano@jilotzingo.gob.mx
Horario y días de atención:
De 8:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acuerdo de autorización que funge como la Licencia de Uso de Suelo.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Tiene algún costo?
Si, conforme a lo establecido en el artículo 144 fracciones XI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. ¿En qué teléfono puedo saber el status de mi trámitel?
Al teléfono 55 8996 9100 ext 118
3. ¿Dónde puedo asistir a realizar el trámite?
En las oficinas de Desarrollo Urbano, en el municipio de Jilotzingo.
Fundamento legal:
- Artículos 8 y 115 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Artículos 112, 122, 123 y 128 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
- Artículos 1, 2, 3, 11, 12, 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
- Artículos 1.1 fracciones IV, 1.2, 1.4, 5.1, 5.6, 5.7, 5.10 fracciones VII y XIV, 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.
- Artículos 146, 147 y 148 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
- Artículo 144 fracciones VIII y XI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
- Artículos 147 fracción XIII del Bando Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2022.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
N/A
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
- Cuando algún proyecto a realizar no sea compatible, con las políticas, estrategias e instrumentos contenidos en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente.
- Los que observe el artículo 5.57 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, que a la letra dice:

Solo se autorizará el cambio pretendido cuando concurran los supuestos siguientes:

I. El predio o lote se ubique en un área urbana o urbanizable;

II. El uso o aprovechamiento solicitado sea compatible con los usos o aprovechamientos previstos en la zona y no altere las características de la estructura urbana y de su imagen;

III. Se recabe previamente la opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
15/02/2023 12:50 pm



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