Fundamento legal:
-Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y Ley General de Salud.
-Norma oficial mexicana nom-041-ssa2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
-Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
-NOM-014-SSA2-1994 art. 39 de la Ley Orgánica de la Organización Publica Federal,. Art. 4° de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos.
Art. 3° fracción XVIII, 13, apartado (a) fracción 1, 158, 159,160 y 161 de la Ley General de Salud.
Art. 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y 8 fracciones IV y XVI, 10 fracciones VII, XII y XVI, 40 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
-Se brinda el servicio siempre y cuando cumpla con las indicaciones médicas y con la documentación requerida.
-No se brinda el servicio si no cuenta con la documentación requerida.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.