Gobierno del Estado de México
 

Registro de Nacimiento

Acta de Nacimiento
Plaza Juárez No. Ext. 1 No. Int. SN, Col. Centro, C.P. 51300, Temascaltepec, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Temascaltepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Al no contar con un registro de nacimiento

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. I.-III Identificación oficial vigente de la(s) persona(s) que presenta(n)
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

2. I.-LOS REQUISITOS RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE HIJOS/AS NACIDOS DENTRO DEL MATRIMONIO SON:
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

3. I.-II.-Presentación de la persona a registrar
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

4. I.-IV. Certificado de nacimiento
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

5. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres. El documento deberá tener una certificación no mayor a treinta días naturales de antigüedad
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

6. Identificación oficial vigente de la (s) persona(s)que presenta(m) para su cotejo.
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

7. II.-Presentación de la persona a registrar
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

8. REQUISITOS RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE NACIMIENTO DE HIJO/AS NACIDOS FUERA DEL MATRIMONIO SON:
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

9. Certificado de nacimiento
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

10. Acta de Nacimiento de los padres
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

11. Cuando se carezca del certificado de nacimiento por robo, extravió o destrucción, se estará dispuesto por la fracción III del articulo 62 del presente reglamento
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

12. PARA EL CASO DE DARSE LOS SUPUESTO QUE SE ENUMERAN A CONTINUACION DEBERAN PRESENTARSE, ADEMAS DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTICULO QUE ANTECEDE, LOS SIGUIENTES:
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

13. No habiéndose expedido certificado de nacimiento se solicitara original del acta informativa levantada ante la autoridad municipal correspondiente y constancia de alumbramiento expedida por el sector salud.
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

14. Podrán solicitarse por el/la Oficial los documentos que con el registro se relacionen
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

15. En su caso, cartilla de vacunación o constancia religiosa.
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

16. Dado el caso, constancia expedida por la institución educativa en donde se haya estudiado la persona a registrarse, en la que se exprese que no ha presentado su acta de nacimiento, debiéndose cancelar con el sello de dicha institución la fotografía de/del interesado.
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

17. Certificado de Nacimiento o constancia de alumbramiento
SI
NO
Presentación de la persona a registrar

18. Identificación vigente del padre, madre o de ambos o de la(s) persona(s) y en su caso, de la persona que va a ser registrada.
NO
,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

19. Constancia domiciliaria del padre, madre o de ambos, o de la(s) persona(s) y en su casa, de la persona que va a ser registrada.
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

20. Presentación de la persona a registrar
.-Solicitud de Registro, que contendrá firma(s)y huella(s)de quien(es)comparece(n

21. Constancias de no registro de nacimiento : del lugar de origen y de la Oficialía donde se efectuará el registro, excepto cuando se exhiba en original el certificado de nacimiento o certificado único de nacimiento
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

22. Cuando se carezca del certificado de nacimiento por robo se requerirá copia de la Carpeta de Investigación iniciada ante el Ministerio Público. Para el caso de extravió o destrucción bastará original del acta informativa levantada ante la autoridad municipal correspondiente. En ambos casos, deberá presentarse copia certificada de nacimiento o constancia de alumbramiento expedida por el sector salud. No habiéndose expedido certificado de nacimiento, se solicitará original del acta informativa levantada ante la autoridad municipal correspondiente y constancia de alumbramiento expedida por el sector salud.
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

23. Solicitud de Registro, que contendrá firma(s)y huella(s)de quien(es)comparece(n
SI
NO
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

24. Los demás documentos que con el registro pudieran relacionarse.
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

25. . En caso, copia certificada del acta de matrimonio de los padres y del/de la interesado/a con una vigencia no mayor a seis meses de certificación, actas de nacimiento de hijos/as, hermanos/as o de defunción de los padres, si existieren dichos documentos
NO
1,
Articulo 61, 63, 64 y 66 del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.

Se recibe al usuario, se solicitan los documentos, se entrega acta primigenia
Dependencia u organismo:
Municipio Temascaltepec
Dirección general:
Registro Civil No 01 Temascaltepec
Unidad administrativa responsable:
Registro Civil No 01 Temascaltepec
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Lizbetty Guadalupe Torres Jaramillo
Cargo del titular:
Oficial No1 Registro Civil
Domicilio:
Plaza Juárez No. Ext. 1 No. Int. SN, Col. Centro, C.P. 51300, Temascaltepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 716 ) 2665103 Ext: 1105
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: rcivil01temascaltepec@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta de Nacimiento
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo poner el apellido del padre aunque no estemos casados y él no acuda?
No; en caso de no estar legalmente casados el padre debe comparecer personalmente
2. ¿De que forma debo presentar el certificado de nacimiento?
Debe presentarse en original, sin presentar algún tipo de tachaduras o alteraciones, con todos los daos corrector, en caso de algún error, este deberá ser corregido en el hospital donde ocurrió el nacimiento
3. ¿A que se refiere un registro extemporáneo?
A aquel que se declara a los 60 días posteriores ocurrido el nacimiento.
Fundamento legal:
Articulos 59,60,62,63,64,65,66,67,68, del Reglamento Interior del Registro Civil para el Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Al no contar con un registro de nacimiento
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Al no contar con un registro de nacimiento
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
12/07/2022 11:16 am



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