Gobierno del Estado de México
 

Verificación de medidas y linderos

Verificación de linderos. Este servicio cumple con los trabajos y metodologías de un levantamiento topográfico catastral, y no requiere de la notificación a los propietarios o poseedores de los inmuebles colindantes;generalmente la solicitud se origina cuando el propietario o poseedor interesado no está conforme con las medidas del perímetro o la superficie que contiene el documento que acredita la propiedad o posesión. Es aplicable la verificación de linderos cuando la determinación de los límites del predio puede ser a través de evidencias físicas tales como bardas, cercas, canales y vialidades, entre otros, también para generar la debida inscripción de los inmuebles en el padrón catastral.
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Costo:
$ 0 pesos.
Adicional:
Fundamento Jurídico: Artículos 166 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Fracción IV
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
La Paz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
*Cuando se tenga que determinar los linderos usualmente para su registro en el IFREM
* Cuando se haya sufrido alguna afectación o restricción acreditado con documento oficial.
*Por petición de parte para incorporarlo al padrón catastral.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido y manifestación Catastral
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial y CURP del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Pago correspondiente por el servicio solicitado.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

5. En caso de conjuntos urbanos ingresar memoria descriptiva.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

6. Traslado de dominio
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

7. Último recibo de pago de impuesto
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

8. Croquis de ubicación.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

9. Carta poder en la que el propietario o poseedor del inmueble de que se trate autoriza a otra persona para realizar en su nombre
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

10. Carta poder en la que el propietario o poseedor del inmueble de que se trate, autoriza a otra persona para realizar en su nombre
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido y manifestación Catastral
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial y CURP del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Pago correspondiente por el servicio solicitado.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

5. En caso de conjuntos urbanos ingresar memoria descriptiva.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

6. Traslado de dominio
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

7. Último recibo de pago de impuesto predial
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

8. Croquis de ubicación.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

9. Documento notarial mediante el que el propietario o poseedor del inmueble, otorga la representación legal aotra persona para la realización del trámite de solicitud del servicio requerido
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

10. Acta constitutiva
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido y manifestación Catastral
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Identificación oficial y CURP del representante legal del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Pago correspondiente por el servicio solicitado.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

5. Traslado de dominio
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

6. Último recibo de pago de impuesto
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

7. En caso de conjuntos urbanos ingresar memoria descriptiva.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

8. Croquis de ubicación.
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

9. Carta poder en la que el propietario o poseedor del inmueble de que se trate autoriza a otra persona para realizar en su nombre
SI
1, Simple
Art. 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 113, 114, 115, 116, 117, 171 Fracción II y XVIII, CLXXV, CLXXIX. Fracción I, CLXXXI y CLXXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Art. 24, 26, y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Políticas Generales ACGC 004, ACGC 005, ACGC 006, y ACGC 0047 del Manual Catastral del Estado de México.

1. Solicitar orientación sobre el servicio catastral, en ventanilla de Atención
2. Registrarse en el formato Control de Atención al Público
3. Llenar solicitudes y formatos recibidos por personal del Departamento de Catastro y cumplir con los documentos requeridos, en caso de no cumplir con los requisitos, reprogramar la entrega
4. Presentar la documentación correcta y necesaria para proceder al trámite del servicio catastral solicitado, e integrar así el expediente.
5. Recibir la orden de pago por el costo del servicio catastral solicitado, de acuerdo a la tarifa vigente.
6. Recoger el número de folio del trámite requerido y acuse de recibo de la solicitud del servicio catastral.
Dependencia u organismo:
Municipio La Paz
Dirección general:
Tesorería
Unidad administrativa responsable:
Catastro
Titular de la unidad administrativa responsable:
Tec. Esteban Venegas Roque
Cargo del titular:
Titular de Catastro Municipal
Domicilio:
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5517497663 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificado de verificación de linderos
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuál es el procedimiento?
Integrar el expediente, llenado de la solicitud, pago del servicio, verificación física del predio para verificar las medidas y linderos por último la expedición del certificado.
2. ¿En qué se basa el costo del trámite?
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 166 por tarifa
3. ¿Para que sirve el servicio de verificación de medidas y linderos?
Para obtener las medidas físicas de un terreno, de acuerdo a sus linderos, el cual debe estar dado de alta en el Padrón Catastral
Fundamento legal:
Artículos 170 Fracción V, CLXXI Fracción VII y CLXXII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículos 8 Fracción VIII, XVII, XXI, XXII Fracción V y XXXVII del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
*Se deberán presentar todos los requisitos en original y copia para su cotejo y cumplir con todo el procedimiento que se encuentra normado.
*No se realizara el tramite si no cumple con algún requisito establecido
*se realizara inspección al inmueble para descartar que se encuentre en zonas protegidas
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
*Cuando se tenga que determinar los linderos usualmente para su registro en el IFREM
* Cuando se haya sufrido alguna afectación o restricción acreditado con documento oficial.
*Por petición de parte para incorporarlo al padrón catastral.
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Última actualización:
29/08/2023 10:27 am



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