Gobierno del Estado de México
 

Procedimiento de arbitraje condominal

Es un procedimiento para la resolución de controversias condomínales, de los condóminos o residentes, de los condóminos o administradores; así como las mesas directivas.
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
La Paz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el condómino, el residente, mesa directiva o administrador se sientan vulnerados en sus derechos o incumplan con sus obligaciones que le son impuestas por la Ley que los regula, así como su convivencia social y solución de controversias condominales entre ellos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar un escrito denominado Demanda de Arbitraje, en el que explique las causas de controversia.
SI
2, Simple
Artículo 53 Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de México.

2. Documentos que acredite su personalidad (Condómino, residente, mesa directiva y administrador).
SI
2, Simple
Artículo 53 Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de México.

3. Identificación oficial (Credencia para votar, licencia de conducir, pasaporte o cédula profesional).
SI
2, Simple
Artículo 53 Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de México.

4. Pruebas (documentos, fotografías, testigos que acrediten lo señalado en su demanda de arbitraje).
SI
2, Simple
Artículo 53 Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de México.

1. Presentarse en las oficinas de Sindicatura Municipal.
2. Entregar los requisitos solicitados.
3. Esperar al que el personal le indique en cuando tiempo será resuelta su situación.
Dependencia u organismo:
Municipio La Paz
Dirección general:
H. Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Sindicatura Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Jesus Efren Ramos Ramirez
Cargo del titular:
Síndico Municipal
Domicilio:
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58560024 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: jesusefrenramosramirez@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Laudo arbitral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Ademas de la Sindicatura Municipal a que otra instancia puedo recurrir?
Oficinas del Centro de Mediación y Conciliación de Nezahualcóyotl, ubicadas en Prolongación Adolfo López Mateos s/n, Nezahualcóyotl, Estado de México.
2. ¿Conoce de controversias condominales que pertenezcan a asociaciones de colonos?
No, porque se rigen por sus propios estatutos y de la materia civil, por ende, la autoridad para conocer es la judicial (Juzgados Civiles de la Jurisdicción).
3. ¿tiene algun costo?
No, el trámite es gratuito
Fundamento legal:
Artículo 115 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 112, 113, 117 y 122 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Artículos 52 y 53 Fracción XVII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 1, 3, 4, 16, 39, 46 al 61; Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El tramite no se podrá otorgar cuando no reúna los requisitos que establece la Ley, procede cuando haya acreditado su calidad de condómino, residente, mesa directiva administrador; haga una narrativa de hechos y pretensiones, así como sus pruebas; el Síndico Municipal contara con plena autonomía para emitir sus laudos e imponer las sanciones previstas en la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condómino del Estado de México.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el condómino, el residente, mesa directiva o administrador se sientan vulnerados en sus derechos o incumplan con sus obligaciones que le son impuestas por la Ley que los regula, así como su convivencia social y solución de controversias condominales entre ellos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
06/09/2023 04:57 pm



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