Gobierno del Estado de México
 

Revisión de riesgos y medidas de seguridad.

Se realiza la revisión ocular en domicilios, escuelas, edificios y barrancas para dictaminar si existe algún riesgo.
Malinalli No. Ext. 3 No. Int. S/n, Col. Barrio Alfareros, C.P. 56363, Chimalhuacán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chimalhuacán
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se determine que se ponga en riesgo la integridad física de las personas que habiten un lugar, así como su entorno y a petición del ciudadano.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida al Lic. Martin Cortez López, Director de Protección Civil y Bomberos, formato libre con domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Municipio y con número de contacto.
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Articulo 75 y demas relativos del Codigo Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 176 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

2. Credencial de Identificación oficial (INE) del propietario y/o representante legal o razón social.
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículo 161 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México

3. Comprobante de Domicilio y Croquis de Ubicación
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Articulo 75 y demas relativos del Codigo Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 176 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida al Lic. Martin Cortez López, Director de Protección Civil y Bomberos, formato libre con domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Municipio y con número de contacto.
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículo 171 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México

2. Credencial de Identificación oficial (INE) del propietario y/o representante legal o razón social.
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículo 161 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

3. Comprobante de Domicilio y Croquis de Ubicación
SI
1, Simple
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Articulo 75 y demas relativos del Codigo Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 176 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

1- Ingresa solicitud por escrito, solicitando la revisión de riesgo y medidas de seguridad.
2- Se recibe el oficio o reporte en protección civil, se analiza y turna al área de verificadores.
3- Se registra y se avanza
a realizar la revisión físicamente del área, registrando la valoración y hallazgos encontrados.
4- Se expide oficio de revisión de riesgo y medidas de seguridad mencionando las recomendaciones pertinentes, las posibles soluciones así como las areas competentes para cada caso.
Dependencia u organismo:
Municipio Chimalhuacán
Dirección general:
Dirección de Protección Civil y Bomberos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Protección Civil y Bomberos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Martin Cortez Lopez
Cargo del titular:
Director General
Domicilio:
Malinalli No. Ext. 3 No. Int. S/n, Col. Barrio Alfareros, C.P. 56363, Chimalhuacán, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: proteccioncivilybomberos2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Revisión de riesgos y medidas de seguridad.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cómo solicito una verificación?
Por medio de una petición por escrito (oficio)
2. ¿En cuantos días me verifican?
Se realiza la revisión en un lapso de cinco días y se entrega el reporte de tres a cinco días después de la revisión de riesgo y medidas de seguridad.
3. ¿Me entregan algún documento?
Si, se les hace entrega de un oficio en donde se les indica si se encuentran en zona de riesgo o no.
Fundamento legal:
Artículo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 137, 138 y 139 Fracc. II inciso a) de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 31 Fracc I. ter, XXI Ter y 81 TER y demás relativos de la Ley Organica del Estado de Mexico.
Artículos 39, 40, 78, 79, 80 y 90 y demás relativos de la Ley General de Protección Civil;
Artículos 6.17, 6.18, 6.19, 6.23, 6.24, 6.25, 6.25 Bis, 6.26 fracción I, III, IV, 6.31 y 6.32, 6.34, 6.35, 6.36, 6.37 y demás relativos del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 27, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41 fracciones I, II y 42 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 100, 101, 103, 104, 106, 107, 108 y demás relativos del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México;
Artículo 176 del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
A petición del solicitante o servicio de emergencia, se realizan revisiones oculares para detectar medidas de seguridad y zonas de riesgo.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se determine que se ponga en riesgo la integridad física de las personas que habiten un lugar, así como su entorno y a petición del ciudadano.
Última actualización:
25/04/2023 11:54 am



Arriba