Gobierno del Estado de México
 

SOLICITUD DE COMPENSACIÓN DE CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE POR CONCEPTO DE IMPUESTO PREDIAL

LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN PAGADO EL IMPUESTO PREDIAL DE FORMA INDEBIDA O CON ERRORES QUE IMPIDAN LA APLICACIÓN A FAVOR DEL PETICIONARIO, PODRÁN SOLICITAR LA COMPENSACIÓN DE CANTIDADES QUE HAYAN PAGADO EN DEMASÍA CONTRA AQUELLAS QUE TENGAN SU CARGO QUE DERIVEN DEL IMPUESTO PREDIAL.
LA COMPENSACIÓN ES PROCEDENTE EN EL CASO DE QUE SE HAYA REALIZADO EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, CON ALGUNO DE LOS SIGUIENTES ERRORES:
RESPECTO DE UN INMUEBLE QUE NO ES DE LA PROPIEDAD O NO ESTE EN POSESIÓN DE LA PERSONA QUE HACE EL RECLAMO.
EN CANTIDAD SUPERIOR A LA QUE LEGALMENTE DEBIÓ DETERMINARSE.
EN CANTIDAD INFERIOR A LA INDICADA EN EL FORMATO UNIVERSAL DE PAGO Y QUE POR TAL MOTIVO NO SE HAYA ACREDITADO POR LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS.
HABER REALIZADO EL PAGO DE UN FORMATO UNIVERSAL DE PAGO CON EL MISMO NÚMERO DE LÍNEA DE CAPTURA DOS O MAS VECES
HABER REALIZADO EL PAGO DE DOS O MAS FORMATOS UNIVERSALES DE PAGO, CON DIFERENTES NÚMEROS DE LÍNEA DE CAPTURA, PERO CON IDENTIDAD DE DATOS.
SE ENTIENDE QUE UN PAGO
Plaza zaragoza No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL, C.P. 56330, Chimalhuacán, México
Costo:
$ 0 pesos.
Adicional:
VARIABLE DEPENDIENDO SI LA PERSONA QUE SOLICITA LA COMPENSACIÓN TIENE A SU CARGO ADEUDOS PENDIENTES DE PAGO, POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS.
ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 109 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
CAJAS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chimalhuacán
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
DE ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE HABER PAGADO IMPUESTO PREDIAL INDEBIDAMENTE O CON ERRORES QUE IMPIDAN SU APLICACIÓN A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE HABER REALIZADO EL PAGO CUYA COMPENSACIÓN SE DEMANDA.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO EN DEMASIA O DE FORMA INCORRECTA.

2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992. ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.
SI
1, Simple
DESTINO: ORIGINAL SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS, 332 Y 338 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

4. FORMATO DE SOLICITUD DE COMPENSACIÓN (SE PROPORCIONA EN OFICINA) O SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

5. PODER NOTARIAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, O CARTA PODER SIMPLE OTORGADA ANTE DOS TESTIGOS, O DOCUMENTO QUE PERMITA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL CONTRIBUYENTE OBLIGADO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

6. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.
ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE QUE EL SOLICITANTE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL ORIGINARIA DE LA PERSONA JURÍDICA COLECTIVA.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE HABER REALIZADO EL PAGO CUYA COMPENSACIÓN SE DEMANDA.

RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO EN DEMASIA O DE FORMA INCORRECTA.

DESTINO: ORIGINAL SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS, 332 Y 338 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

4. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FÍSICA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. FORMATO DE SOLICITUD DE COMPENSACIÓN (SE PROPORCIONA EN OFICINA) O SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

6. PODER NOTARIAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, O CARTA PODER SIMPLE OTORGADA ANTE DOS TESTIGOS, O DOCUMENTO QUE PERMITA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA SOLICITANTE.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DEL MANDATO.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL FUNCIONARIO FACULTADO PARA EJERCER LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. PODER NOTARIAL, CONTRATO DE MANDATO O DOCUMENTO QUE AUTORICE LA REALIZACIÓN DE TRÁMITES EN REPRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA.

EN SU CASO, OFICIO DESIGNADO A LA PERSONA QUE EJERCERA LA REPRESENTACIÓN. O ACUERDO DELEGATORIO DE FUNCIONES Y SU FECHA DE PÚBLICACION EN LOS PERIODICOS OFICIALES,

EN LOS DOS CASOS ANTERIORES, DEBERA PRECISARSE EL FUNDAMENTO LEGAL, QUE PERMITA AL FUNCIONARIO FACULTADO DE LA INSTITUCIÓN, REALIZAR LA DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES POR ESTA VÍA.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONERIA Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE HABER REALIZADO EL PAGO CUYA COMPENSACIÓN SE DEMANDA.

RECIBO OFICIAL DE PAGO O FORMATO UNIVERSAL DE PAGO ACOMPAÑADO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE INDIQUE IMPORTE QUE AMPARA, LA FECHA EN QUE SE REALIZÓ Y LOS DATOS DE LA LINEA DE CAPTURA, MISMOS QUE DEBERÁN SER CONSISTENTES CON LOS DATOS QUE SE PLASMEN EN EL FORMATO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: VERIFICAR QUE EL CONTRIBUYENTE REALIZÓ EL PAGO DEL IMPUESTO EN DEMASIA O DE FORMA INCORRECTA.

DESTINO: ORIGINAL SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 26 SEXTO Y SEPTIMO PÁRRAFOS, 332 Y 338 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS.

4. DOCUMENTO QUE COMPRUEBE QUE EL DECLARANTE EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA INSTITUCIÓN PÚBLICA.

EJEMPLOS: CONSTANCIA DE MAYORIA, NOMBRAMIENTO, ACUERDO DELEGATORIO DE FUNCIONES,ETC.
SI
1, Simple
UTILIDAD: ACREDITAR LA PERSONALIDAD Y EXISTENCIA DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA A LA DECLARACIÓN.

FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 2.12 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL APODERADO, MANDATARIO O REPRESENTANTE AUTORIZADO.
SI
1, Simple
UTILIDAD: IDENTIFICAR A LA PERSONA QUE EJERCE LA REPRESENTACIÓN.

DESTINO: ORIGINAL PARA COTEJO, COPIA SE ANEXA AL EXPEDIENTE.

FUNDAMENTO: FUNDAMENTO: ARTICULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTICULOS 104, 105 Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE POBLACION PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL DIA 22 DE JUNIO DE 1992.

ARTÍCULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

6. FORMATO DE SOLICITUD DE COMPENSACIÓN (SE PROPORCIONA EN OFICINA) O SOLICITUD EN ESCRITO LIBRE
SI
1, Simple
UTILIDAD: TENER POR PRESENTADA LA SOLICITUD DEL CONTRIBUYENTE.

DESTINO: ORIGINAL AL EXPEDIENTE, COPIA PARA ACUSE DE RECIBO.

FUNDAMENTO: ARTÍCULO 8 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ACUDIR A LAS OFICINAS RECEPTORAS DEL MUNICIPIO
REALIZAR EL PAGO EN LAS OFICINAS RECEPTORAS Y CAJAS AUXILIARES DEL MUNICIPIO
Dependencia u organismo:
Municipio Chimalhuacán
Dirección general:
Tesoreria Municipal
Unidad administrativa responsable:
DEPARTAMENTO DE INGRESOS
Titular de la unidad administrativa responsable:
María de los Ángeles Santiago Ramírez
Cargo del titular:
Coordinadora de receptorias
Domicilio:
Plaza zaragoza No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL, C.P. 56330, Chimalhuacán, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 5 (ZONA URBANA EJIDAL SAN AGUSTÍN)
Domicilio AV. SAN AGUSTÍN (ENTRE CALLES LUIS ECHEVERRÍA Y EMILIANO ZAPATA) No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. ZONA URBANA EJIDAL,
C.P. 56330, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
JUANA GUADALUPE ARECHIGA RANGEL
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Sábado
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 2 (SAN LORENZO)
Domicilio AVENIDA CENTRAL No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. VILLA SAN LORENZO 1RA SECCIÓN,
C.P. 56340, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
EDUARDO MENESES BAEZ
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Sábado
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 1 (CABECERA MUNICIPAL)
Domicilio PLAZA ZARAGOZA No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CABECERA MUNICIPAL,
C.P. 56330, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
ENRIQUE RUIZ GUERRERO
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Sábado
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 4 (SANTA ELENA)
Domicilio OTATLI ESQUINA SINDICALISMO No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. HOJALATEROS,
C.P. 56366, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
MARCOS GENARO ÁLVAREZ CHAVARRÍA
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Sábado
Oficina:
OFICINA RECEPTORA NO. 3 (VIDRIEROS)
Domicilio PLAZA CÍVICA VIDRIEROS No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. VIDRIEROS,
C.P. 56356, Municipio Chimalhuacán, México
Municipios que atiende: Chimalhuacán
Titular de la oficina:
NANCY GUADALUPE ROMO PEREZ
Cargo del titular:
JEFE DE OFICINA
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
RECIBO OFICIAL DE INGRESOS EN EL QUE CONSTEN LAS CANTIDADES COMPENSADAS
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿QUE ES UNA DEVOLUCIÓN?
SON AQUELLAS CANTIDADES QUE DEBEN SER REINTEGRADAS A LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS COLECTIVAS, DEBIDO A QUE FUERON PAGADAS A LA TESORERÍA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN SIN TENER LA OBLIGACIÓN FISCAL DE HACERLO, O CUANDO SE RECLAME EL REINTEGRO DEL DINERO PAGADO EN EXCESO; SIEMPRE QUE NO EXISTAN CRÉDITOS FISCALES PENDIENTES DE PAGO A CARGO DEL SOLICITANTE.
2. ¿QUE ES UNA COMPENSACIÓN?
SON AQUELLAS CANTIDADES QUE UN CONTRIBUYENTE HA PAGADO A LA TESORERÍA MUNICIPAL EN EXCESO O POR ERROR, Y QUE SE APLICAN CONTRA AQUELLAS CANTIDADES QUE EL CONTRIBUYENTE ADEUDE A LA TESORERÍA MUNICIPAL; LAS QUE NO SON SUSCEPTIBLES DE DEVOLVERSE DEBIDO A LA EXISTENCIA DE ADEUDOS.
3. ¿PUEDO PEDIR LA COMPENSACIÓN SI SOLO TENGO COPIA DEL DOCUMENTO QUE COMPRUEBE EL PAGO?
NO. PARA SOLICITAR LA COMPENSACIÓN SE DEBERÁ ACREDITAR FEHACIENTEMENTE QUE EL SOLICITANTE FUE QUIEN REALIZÓ EL PAGO CUYA COMPENSACIÓN RECLAMA. LO QUE SOLO PUEDE PROBARSE CON EL ORIGINAL DEL DOCUMENTO QUE COMPRUEBE EL PAGO.
Fundamento legal:
ARTICULOS 3 FRACCIONES IV, XXIX, XXXVI, 16, 42 Y 46 FRACCIÓN II INCISO B DEL CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SE COMPENSARAN LAS CANTIDADES A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE CONTRA AQUELLAS QUE TENGA A SU CARGO DERIVADAS DE CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS.

PARA EL CASO DE QUE NO EXISTAN ADEUDOS A SU CARGO, LA SOLICITUD SERÁ DE DEVOLUCION Y SE TURNARA A LA OFICINA DEL CONTADOR GENERAL DE LA TESORERÍA MUNICIPAL PARA SU TRAMITACIÓN.

PARA EL CASO DE QUE SE SOLICITE COMPENSACIÓN DE CANTIDADES PAGADAS POR ERROR, EL TERCERO A CUYO FAVOR SE HAYA ACREDITADO EL PAGO, TENDRÁ QUE HABER REALIZADO A SU VEZ EL PAGO DE SUS CONTRIBUCIONES. EN CASO CONTRARIO, SE DARA POR FINALIZADO EL TRÁMITE Y SE TURNARA LA SOLICITUD PARA EL COMIENZO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
DE ENCONTRARSE EN EL SUPUESTO DE HABER PAGADO IMPUESTO PREDIAL INDEBIDAMENTE O CON ERRORES QUE IMPIDAN SU APLICACIÓN A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/11/2022 03:02 pm



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