Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 8, 14,16y 115 fracciones II, V, inciso a y b..
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México: artículos 5.1, 5.2 fracciones I y II incisos b y d, 5.3 fracciones II, III, IX, X, XX, XXI, XXIX, 5.6, 5.7, 5.10, fracciones VI, VIII y IX, 5.24, 5.25 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII Y IX, 5.26 fracción X, 5.55 y 5.56.
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México: artículo 1,3 132, 133,134. Libro décimo octavo 18.35, 18.41
Plan Municipal de Desarrollo Urbano, Gaceta de Gobierno no. 121 de fecha 26 de junio del 2003.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 144 fracción VIII del título cuarto, capitulo segundo.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Tendrá por objeto autorizar las normas para el uso y aprovechamiento del uso de suelo establecidas en el plan municipal de desarrollo urbano aplicable; no se requerirá de licencia de uso del suelo para lotes resultantes de conjuntos urbanos, subdivisiones o condominios autorizados, siempre y cuando el uso y aprovechamiento de los mismos hayan quedado comprendido en la autorización respectiva.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.