Gobierno del Estado de México
 

Licencia de construcción mayor a 60m2 para obra nueva, de ampliación, modificación o reparación de la construcción existente, que afecte elementos estructurales.

Es el documento que autoriza a un particular, la construcción de proyectos mayores a 60.0 metros cuadrados. En la modalidad de obra nueva, ampliación, modificación o reparación que afecte elementos estructurales de la obra existente.
Profesor Luis Camarena González No. Ext. 0 No. Int. , Col. Santiaguito, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Adicional:
Artículo 144 del Código Financiero del Estado de México.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la tesorería municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ocoyoacac
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Toda obra, edificación o instalación de carácter privado en su modalidad de obra nueva, ampliación, modificación o reparación que afecte elementos estructurales de la obra existente, mayor a 60 metros cuadrados de construcción y que se realice en el Estado de México, requerirá de la correspondiente licencia de construcción que expide la dirección de desarrollo urbano.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud original firmada por el director responsable de la obra.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento con el que acredite la propiedad. Escritura pública, contrato de compra venta y/o certificado parcelario.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Constancia de alineamiento y número oficial en los casos de obra nueva.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Licencia de uso del suelo.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

6. Planos arquitectónicos del proyecto, planos estructurales, de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y especiales firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra tamaño 90*60 (1 juego) y tamaño doble carta (1 juego).
SI
NO
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de terminación de obra, en los casos de ampliación, modificación o reparación de la obra existente.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

8. Comprobante de pago de impuesto predial o cuotas actualizado.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud original firmada por el director responsable de la obra.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento con el que acredite la propiedad. Escritura pública, contrato de compra venta y/o certificado parcelario.
SI
NO
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

3. Licencia de uso de suelo vigente.
SI
1, Simple
}Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

4. Constancia de alineamiento y número vigente.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

5. Comprobante de pago de impuesto predial o cuotas actualizado.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

6. Factibilidad de servicios.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

7. Documento con el que acredite la personalidad jurídica del solicitante. Acta constitutiva, credencial de elector, pasaporte, cedula profesional vigente. En su caso poder notarial y/o poder simple.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos arquitectónicos, planos estructurales, planos de instalación hidráulica, sanitaria y eléctrica, dos juegos (doblados tamaño carta), firmados por director responsable de obra.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

9. Registro de DRO vigente, cedula profesional e identificación oficial vigente.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III, inciso A) del libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.

El usuario interesado deberá presentarse con los requisitos que competen a su tramite, en las oficinas de la Dirección General de Planeación Territorial, Ecología y Obras Públicas.
El interesado deberá entregar los requisitos según corresponda su tramite para darle el seguimiento correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Ocoyoacac
Dirección general:
Dirección General de Planeación Territorial Ecología y Obras Públicas
Unidad administrativa responsable:
Dirección General de Planeación Territorial Ecología y Obras Públicas
Titular de la unidad administrativa responsable:
Cristina Estefani Baltazar Ortega
Cargo del titular:
Directora General de Planeación Territorial Ecología y Obras Públicas
Domicilio:
Profesor Luis Camarena González No. Ext. 0 No. Int. , Col. Santiaguito, C.P. 52740, Ocoyoacac, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de construcción mayor a 60 metros cuadrados.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿En que teléfono puedo solicitar informes sobre el tramite?
Al teléfono 728 102 8233.
2. ¿Dónde debo ingresar mis documentos?
En las oficinas de la dirección de desarrollo urbano ubicadas en la deportiva profesor Luis González Camarena con domicilio en calle profesor Luis González Camarena número 249, barrio de Santiaguito, Ocoyoacac, Estado de México.
3. Si el predio está dentro de un núcleo ejidal ¿debo tramitar la licencia de construcción?
Si, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la ley agraria que a la letra dice:
Artículo 87. Cuándo los terrenos de un ejido se encuentren ubicados en el área de crecimiento de un centro de población, los núcleos de población ejidal podrán beneficiarse de la urbanización de sus tierras.
En todo caso la incorporación de las tierras ejidales al desarrollo urbano deberá sujetarse a las leyes, reglamentos y planes vigentes en materia de asentamientos humanos.
Fundamento legal:
Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 122 de la Constitución Política el Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 18.6, 18.20, 18.21, 18.22 del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 169 del Bando Municipal Vigente De Ocoyoacac.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El tramite no podrá emitirse si se incumplen los requisitos y/o la información del formato único de solicitud no sea clara.

En cuyo caso, se notificará al solicitante la aclaración de información o subsanar documentos, para contar con los elementos de emisión y entrega del documento, en caso contrario se desestimará el trámite.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Toda obra, edificación o instalación de carácter privado en su modalidad de obra nueva, ampliación, modificación o reparación que afecte elementos estructurales de la obra existente, mayor a 60 metros cuadrados de construcción y que se realice en el Estado de México, requerirá de la correspondiente licencia de construcción que expide la dirección de desarrollo urbano.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/09/2022 02:29 pm



Arriba