Gobierno del Estado de México
 

Viaje de agua tratada en pipa

Se realiza la venta de agua residual resultante de haber sido sometida a los procesos de tratamiento por la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de Atlacomulco, en términos de la normatividad aplicable.
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Costo:
$ 533.08 pesos.
Adicional:
Que equivale a 4.91 número de veces el valor de la UMA con un valor de 108.57 pesos. Más IVA en caso de requerir factura.

Artículo 150 NONIES de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro ubicada en el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco.

Aplicación de banca móvil, practicaja, ventanilla del banco BBVA.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiera de los servicios de agua tratada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida al M.A.P. Ulises Mercado Pérez Director General del ODAPASA Atlacomulco.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

2. Recibo de pago.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

3. Croquis de ubicación del predio
SI
NO
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida M.A.P Ulises Mercado Pérez
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

2. Recibo de pago.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

3. Croquis de la ubicación del predio
SI
NO
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida M.A.P Ulises Mercado Pérez, Director General de O.P.A.S.A Atlacomulco.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

2. Recibo de pago.
SI
1, Simple
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

3. Croquis de la ubicación del predio
SI
NO
Artículo 150 Bis Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

1. El ciudadano o la ciudadana solicita viaje de agua en pipa por así convenir a sus intereses.
2. El ciudadano o la ciudadana realiza el pago en la Caja del Organismo y entrega comprobante.
3. La secretaria o el secretario recibe copia simple de recibo oficial de pago y envía la orden de suministro al Encargado o Encargada de suministro de pipas.
4. La o el Coordinador de pipas y equipo váctor programa el viaje en pipa para su entrega de acuerdo a la zona geográfica en que se ubica el usuario.
5. La o el Chofer de pipa realiza el viaje de agua tratada en pipa al usuario, recabando su firma de recibido.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Titular de la unidad administrativa responsable:
M.A.P. Ulises Mercado Pérez
Cargo del titular:
Director General del O.D.A.P.A.S.A
Domicilio:
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 12-2-20-97 Ext: 1000
Telefono2: ( ) 12-2-03-00
Telefono3: ( ) 12-2-39-06
Fax: s/n
Correo electrónico: odapasa@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No aplica
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuál es la cantidad mínima que me pueden vender?
10 metros cúbicos.
2. ¿Pueden verter el agua tratada que solicité en un tinaco para agua potable?
No. El depósito debe ser exclusivo para almacenar agua residual tratada.
3. ¿El viaje pagado, compra el riego en mi cultivo?
No. Sólo se realiza el vertido en el deposito señalado para tal fin.
Fundamento legal:
Artículo 34, 37, 40, 42, 70, 77, 96 y 150 Bis de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, 129 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Si existe factibilidad en la solicitud de acuerdo a las necesidades de los solicitantes, debiendo especificar el uso que se dará al líquido, así como contar con recipiente de almacenamiento exclusivo para agua tratada.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiera de los servicios de agua tratada.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
09/04/2024 11:12 am



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