Gobierno del Estado de México
 

Registro de descarga de Aguas Residuales.

Es un trámite que valida y verifica las condiciones de las descargas de agua residual de los giros industriales, comerciales y de servicios, para que no rebasen los límites máximos permisibles de contaminantes en las aguas residuales que vierten al sistema de alcantarillado y drenaje municipal.
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Costo:
$ 1954 pesos.
Adicional:
Que equivale a 18 número de veces el valor de la UMA con un valor de 108.57 pesos. Más IVA en caso de requerir factura.
De conformidad a lo establecido en el punto 5.4 de la Décima Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del ODAPAS Atlacomulco, de fecha 16 de febrero de 2024, mediante acuerdo CD/ODAPAS/075/2024.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro ubicada en el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco.
Aplicación de banca móvil, practicaja, ventanilla del banco BBVA.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del solicitante, debiendo cumplir con los requisitos establecidos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre de solicitud en hoja membretada de la empresa o persona física dirigido al M.A.P. Ulises Mercado Pérez, Director General del ODAPAS Atlacomulco.
SI
NO
Manual de Procedimientos del ODAPAS, PÁG. 318, PR-ODAS-DO-AAR-UCIDAR-01.

2. 2. Registro de descargas de aguas residuales anterior (en caso de renovación).
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos del ODAPAS, PÁG. 318, PR-ODAS-DO-AAR-UCIDAR-01.

3. Documentación que acredite la razón social: copia del acta constitutiva de la empresa, del registro federal de contribuyentes, del poder notarial e identificación oficial del representante legal.
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos del ODAPAS, PÁG. 318, PR-ODAS-DO-AAR-UCIDAR-01.

4. Plano de las instalaciones sanitarias escala 1:100 (sistema de drenaje interno)
SI
1, Simple
NOM-002-SEMARNAT-1996, no mayor a 3 meses de antigüedad de la fecha en que se registra la solicitud; realizado por un laboratorio acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

5. 5. Análisis físico-químico de sus aguas residuales.
SI
1, Simple
NOM-002-SEMARNAT-1996, no mayor a 3 meses de antigüedad de la fecha en que se registra la solicitud; realizado por un laboratorio acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).

1. Se reciben los documentos entregados por el o la solicitante y revisa que cumpla con todos puntos requeridos.
2. Se asigna un folio a la solicitud y adjunta los documentos para dirigirlos al Director General.
3. Revisión de solicitud y se envía a la Dirección de Operación.
4. Se recibe la solicitud y los documentos anexos, revisa que cumpla con todos los puntos requeridos, para hacer un pre llenado del formato de inspección en base a los planos y análisis de laboratorio (acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditación).
5. Se estudia y verifica que los resultados estén dentro de los parámetros de los niveles máximos permisibles de contaminantes, además de checar los tiempos de muestreo simple y compuesto, en caso de contar con medidor de caudal verifica los volúmenes de las muestras.
6. Se realiza una visita a la empresa, comercio o servicio que solicita el registro de su descarga de aguas residuales.
7. Se realiza un informe dirigido al Director de Operación en el cual expone que la descarga de aguas residuales del solicitante cumple con los requisitos y parámetros establecidos por la NOM-002-SEMARNAT-1996 anexando el reporte de inspección para la actualización de registro de descargas de aguas residuales y también expone irregularidades, recomendaciones referentes al tema de la descarga de agua residual en caso de ser necesario.
8. Se entrega a la secretaria del Director de Operación el informe de inspección, anexando Formato para inspección para la expedición o renovación del registro de descarga de aguas residuales y también anexa la documentación entregada por el solicitante.
9. Se recibe la contestación, analiza el informe de inspección y realiza un oficio de contestación dirigido al director general exponiendo la información más relevante del informe de inspección.
10. Se recibe la contestación, analiza la información, autoriza la realización del certificado de renovación de descargas de aguas residuales a la red de alcantarillado municipal.
11. Se recibe el documento de registro y una vez hecho el pago por el solicitante entrega el certificado de actualización de registro de descargas de aguas residuales.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atlacomulco
Titular de la unidad administrativa responsable:
M.A.P. Ulises Mercado Pérez
Cargo del titular:
Director General del O.D.A.P.A.S.A
Domicilio:
Alfonso Alcántara Medrano No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 12-2-20-97 Ext: 1000
Telefono2: ( ) 12-2-03-00
Telefono3: ( ) 12-2-39-06
Fax: s/n
Correo electrónico: odapasa@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Registro de Descarga de Aguas Residuales
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El ODAPAS cuenta con un listado de laboratorios acreditados para la realización de los análisis solicitados?
No. Estos los podrán contactar por medios propios.
2. ¿Un registro puede amparar dos descargas o más en un mismo predio?
No. El registro únicamente corresponde a una descarga
3. Si el predio se encuentra ubicado en una comunidad con Comité Independiente ¿puedo solicitarle al ODAPAS el registro de descarga?
Sí. Ya que el sistema de drenaje y alcantarillado es municipal y es la dependencia normativa para tal fin.
Fundamento legal:
Artículo 44 fracción XI, 78, 80 y 86 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, 119 BIS y 123 de la Ley General de Equilibrio Ecológico Y Protección al Ambiente, 2.155 y 2.159 del Código para la Biodiversidad del Estado de México; NOM-002-SEMARNAT-1996.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplir con los límites máximos permisibles de acuerdo a las normas oficiales mexicanas para la descarga de aguas residuales.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición del solicitante, debiendo cumplir con los requisitos establecidos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
09/04/2024 05:45 pm



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