Gobierno del Estado de México
 

Autorización para poda, derribo, trasplante y/o sustitución de arbolado urbano.

Este trámite consiste en emitir la autorización para llevar a cabo trabajos en el arbolado municipal, tales como podas, derribos, trasplante y/o sustitución del arbolado urbano.
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
 

Costo

Derribo Árboles Sanos. Zona Común. Vía Publica
$20,000. 00
Derribo Árboles Sanos. Zona Privada
$20,000.00
Derribo Árboles Secos. Zona Común. Vía Pública
Sin Costo
Derribo Árboles Secos. Zona Privada
Por la empresa
Poda. Zona Común. Vía Pública
Sin Costo
Poda. Zona Privada
Por la empresa
 
 
Derribo Árboles Sanos. Zona Común. Vía Publica
$7,000.oo
Derribo Árboles Sanos. Zona Privada
$7,000.00
Derribo Árboles Secos. Zona Común. Vía Pública
Sin Costo
Derribo Árboles Secos. Zona Privada
Por el propietario
Poda. Zona Común. Vía Pública
Sin Costo
Poda. Zona Privada
Por el propietario
 
 
Adicional:
Numerales. 10.2, 10.2.1 y 10.2.2 de la Norma NTEA-018-SeMAGEM-DS-2017.
Art.7 fraccs. XXXVII del Reglamento Interno de la Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México
Los costos señalados son por cada árbol derribado.

A) En caso de derribo, Árbol Sano, Zona Común o Vía Pública
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores, Fraccionadores, el derribo es por cuenta de Servicios Públicos.
2. Para casas habitación, el derribo es por cuenta de Servicios Públicos.

B) En caso de derribo, Árbol Sano, Zona Privada.
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores, Fraccionadores, el derribo es por cuenta de la empresa.
2. Para casas habitación, el derribo es por cuenta del propietario.

C) En caso de derribo, Árbol Seco, Zona Común o Vía Pública
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores , Fraccionadores, el derribo es por cuenta de Srvicios Públicos.
2. Para casas habitación, el derribo es por cuenta de Servicios Públicos.

D) En caso de derribo, Árbol Seco, Zona Privada.
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores, Fraccionadores, el derribo es por cuenta de la empresa.
2. Para casas habitación, el derribo es por cuenta del propietario.

E) En caso de poda, Zona Común o Vía Pública
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores, Fraccionadores, la poda es por cuenta de Servicios Públicos.
2. Para casas habitación, la poda es por cuenta de Servicios Públicos.

F) En caso de poda, Zona Privada.
1. Para Industriales, Comerciales, Servicios, Constructores, Fraccionadores, la poda es por cuenta de la empresa.
2. Para casas habitación, la poda es por cuenta del propietario.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
1) En cajas de la tesoreria municipal;
2) Por compensación física, por medio de especies validas como las nativas de la región o las que se han adaptado a las condiciones ambientales de la región; y
3)Compensación equivalente como medida de mitigación, tal como, herramientas, equipo de medición o lo necesario para realizar trabajos de poda, derribo o trasplante de árbolado.

Tal como lo marca la norma NTEA-018-SeMAGEM-DS-2017.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de afectación directa, riesgo prominente de desplome y/o causar daños a los ciudadanos y/o sus bienes, afectar la vía pública, necesitar poda o incisión de raíz.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud para trabajos en el arbolado municipal firmado por el solicitante
SI
1, Simple
Artículo 8, de la Cosntitución Pólitica de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 104 fracc. I del Reglamento de Protección al Ambientepara para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli,

2. Identificación oficial
NO
1, Simple
Artículo 104 fracc. II del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio en Cuautitlaán Izcalli.

3. Comprobante de domicilio del solicitante
NO
1, Simple
Artículo 104 fracc. III del reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli

4. Firma de anuencia de los vecinos (área común).
SI
NO
Artículo 105 fracc. VI del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

5. En caso de derribo por construcción: licencia de construcción vigente o plano autorizado y plano de sembrado traslapado con el plano base de construcción
NO
1, Simple
Artículo 104 del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formatode solicitud para trabajos en el arbolado municipal u oficio de petición
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 105 fracc. I del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

2. Carta poder del representante legal, notariada.
SI
NO
Artículo 105 fracc. V del reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

3. Identificación oficial con fotografía del representante legal.
NO
1, Simple
Artículo 105 fracc. II del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli

4. En caso de derribo por construcción: licencia de construcción vigente o plano autorizado indicando el árbol a derribar o manifestación de impacto ambiental.
NO
1, Simple
Artículo 105 fracc. VIII inciso a) del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

5. Comprobante de domicilio de la razon social y domicilio fiscal
NO
1, Simple
Artículo 104 del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del municipio de Cuautitlán Izcalli.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud para trabajos en el arbolado municipal u oficio de petición.
SI
1, Simple
Artículo 104 fracc. I del reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

2. Comprobante de domicilio del solicitante
NO
1, Simple
Artículo 104 fracc. III del Reglamento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del Municipio de Cuautitlán Izcalli.

3. Identificación con fotografía del solicitante
NO
1, Simple
Artículo 104 fracc. II del regalmento de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sostenible del municipio de Cuautitlán Izcalli.

El solicitante acude a la ventanilla de recepción de la Dirección de Sustentabilidad y Medio ambiente, donde se le proporcionara una Solicitud y los requisitos necesarios para el trámite.
La solicitud y la documentación completa se presentará para su revisión y aceptación.
Se le propórcionará al contribuyente un número de folio y el acuse de recibo pára seguimiento de su solictud.
Una vez que se haya realizado la inspección de la solicitud en sitio, se generará la autorización o negativa. Se le llama al solicitante para que recoja su resultado.
En caso de que el solicitante requiera el derribo de uno y varios árboles, se le cobrara una cuota de recuperación por cada especimen a derribar, se genera una orden de pago que se deberá cubrir en las cajas de la Tesoreria Municipal, el pago puede ser sustituido por compensación física equivalente. Para instituciones públicas, sin costo.
En caso de que el solicitante requiera derribo por construcción, ademas de la cuota de recuperación, deberá presentar licencia de construcción vigente o plano autorizado y plano de sembrado traslapado con el plano base de construcción.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
BIÓLOGO OLIVIER HORACIO GARAY VELAZQUEZ
Cargo del titular:
Titular de la Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente
Domicilio:
Av. la Super No. Ext. Lote 3, 7A-7B, Manzana C 44 No. Int. , Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58640982 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: h.garay@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de Autorización para poda, derribo, trasplante o incisión de raíz en vía pública y/o propiedad privada.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿La Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente, realiza los trabajos?
No, esta dependencia no realiza los trabajos, solo se encarga de expedir la autorización.
2. ¿Quien realiza los trabajos en el arbolado municipal?
La Dirección de Servicios Públicos será la encargada de llevar a cabo los trabajos en el arbolado que se encuentra en vía pública, los trabajos en propiedad privada correran por cuenta de los particulares.
3. ¿Cual es la vigencia de las autorizaciones?
Todas las autorizaciones tienen una vigencia de 60 días naturales, con la posibilidad de prorroga antes de la fecha de vencimiento.
4. ¿Alguien puede hacer el trámite por mi?
Sí, con carta poder?
Fundamento legal:
Art. 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Art. 8 fracc. II, XVI de la Ley general del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Arts. 1.6 fracc IX, 2.6 fracc. III, 2.9 fracc. XXIV, 2.35 fraccs. III y XI del Código para la Biodiversidad del estado de México.
Numerales 5.5, 10, 10.1.1, 10.1.2 de la Norma NTEA-018-SeMAGEM-DS-2017.
Art. 4.1, 4.11, 5.1 y 5.4 de la Norma NTEA-015-SeMAGEM-DS-2012.
Art. 92, 94 fraccs. II y XIII del Bando Municipal 2023 de Cuautitlán Izcalli.
Art.7 fraccs. XXIX del Reglamento Interno de la Dirección de Sustentabilidad y Medio Ambiente del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Una inspección en la cual se evaluan los siguientes criterios, ubicación del individuo arboreo, daños que ocasiona
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de afectación directa, riesgo prominente de desplome y/o causar daños a los ciudadanos y/o sus bienes, afectar la vía pública, necesitar poda o incisión de raíz.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
07/11/2023 01:03 pm



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