Gobierno del Estado de México
 

Inscripción de Inmuebles en el Padrón Catastral.

Es procedimiento mediante el cual se le asigna una clave catastral a todos aquellos predios que no estén inscritos al padrón catastral o que ya inscritos realizan, cambio de propietario, subdividen o lotifican dentro del territorio municipal.
Plaza Hidalgo No. Ext. NÚM. 1 No. Int. , Col. Centro, Villa Cuauhtémoc, C.P. 52080, Otzolotepec, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Otzolotepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
El trámite se realiza cuando los propietarios o poseedores de los inmuebles solicita una modificación, incorporación, subdivisión, lotifiquen.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en formatos establecido
en la Coordinación de Catastro.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

2. Original y copia de identificación oficial vigente INE o IFE del propietario o poseedor, y/o de la persona autorizada mediante poder notarial, carta poder original, debidamente requisitada con copia de identificación oficial de dos testigos.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

3. Copia de identificación oficial vigente de INE o IFE del propietario anterior
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

4. CURP, Clave Única de Registro de Población, del propietario o poseedor.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

5. Original y copia del documento que acredite la propiedad o posesión.
Testimonio notarial.
Contrato de compra-venta o donación
Acta de entrega cuando es de interés público
Cédula de contratación que emita la dependencia autorizada.
Inmatriculación administrativa
Título, certificado o cesión de derechos parcelarios ejidales o comunales.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

6. Copia simple del documento anterior, que acreditaba la propiedad o posesión.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

7. Croquis de localización del inmueble
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

8. Comprobante de pago del impuesto predial correspondiente al ejercicio fiscal en curso (para aquellos predios, que realicen cambio de propietario, derivación, subdivisión.)
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito en los formatos establecidos en
la Coordiinación de Catastro
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

2. Copia de IFE o INE del propietario o poseedor así como representante legal o persona autorizada para
realizar el tramite.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

3. Acta contributiva de la persona jurídico colectiva
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

4. Nombramiento, carta poder o poder notarial
del representarte legal original.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

5. Documento que acredite la propiedad:
Testimonio notarial,
Contrato de compraventa o donación,
Manifestación de Adquisición de
Inmuebles u otras Operaciones Traslativas
de Dominio.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

6. Croquis de localización del inmueble
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

7. Copia simple del documento anterior que acreditaba la
propiedad o posesión.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

8. Para el caso de derivación, notificativo, sub división, presentar el documento emitido por la autoridad competente en el se autorizan
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

9. Comprobante de pago del impuesto predial correspondiente al ejercicio fiscal en curso (para aquellos predios que realicen cambio de propietario, derivación o subdivición).
NO
1,
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito en los formatos establecidos
en la Coordinación de Catastro T
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

2. Copia de IFE O INE del propietario o poseedor así como representante legal o persona autorizada para realizar el tramite.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

3. Nombramiento, carta poder o poder notarial
del representante legal en original.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad
Testimonio notarial,
Contrato de compra venta o donación
Manifestación de Adquisición de
Inmuebles u otras Operaciones Traslativas
de Dominio.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

5. Croquis de localización del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

6. Copia simple del documento anterior que acreditaba la
propiedad o posesión.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

7. Comprobante de pago del impuesto predial
correspondiente al ejercicio fiscal en curso
(para aquellos predios, que realicen cambio de propietario, derivacion o subdivicion).
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.

1. Orientar al usuario del servicio catastral, proporcionándole información adecuada.
2. Registrar a los usuarios atendidos en el formato Control de Atención al Público.
3. Verificar que las solicitudes y formatos recibidos, se encuentren requisitados conforme a los lineamientos establecidos en el presente manual y requerimientos de información del formato denominado Control de recepción, proceso y entrega de servicios catastrales; en caso de no cumplir con los requisitos, se orientará el servicio hacia la complementación de información mediante la programación de un servicio complementario o la entrega de nuevos documentos.
4. Comprobar que la documentación presentada sea la correcta y necesaria para proceder al trámite del producto o del servicio catastral solicitado, e integrar así el expediente.
5 Se asignará un número de folio del trámite requerido por el solicitante y asignarle el o los movimientos que se derive.
6. Entregar al usuario el acuse de recibo de la solicitud del servicio catastral.
7. Enviar cada expediente completo al área correspondiente de acuerdo con el trámite solicitado, mediante documento de turno de correspondencia, memorando u oficio.
8. Programar la ejecución de los servicios catastrales conforme a las agendas disponibles de las áreas operativas responsables y registrar la fecha en el formato respectivo.
9. Proporcionar información al solicitante, acreditado o representante legal sobre el servicio requerido y el avance de la gestión correspondiente, con el apoyo de un esquema o sistema de seguimiento que al efecto se instrumente.
10. Emitir los documentos oficiales en los formatos establecidos para cada servicio solicitado, conforme a lo que se indica en el apartado anterior.
11. Entregar al solicitante los documentos oficiales emitidos y registrar los datos requeridos en el formato denominado Control de recepción, proceso y entrega de servicios catastrales.
Dependencia u organismo:
Municipio Otzolotepec
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Catastro
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jocsan Madian Salazar Garduño
Cargo del titular:
Coordinador de Catastro
Domicilio:
Plaza Hidalgo No. Ext. NÚM. 1 No. Int. , Col. Centro, Villa Cuauhtémoc, C.P. 52080, Otzolotepec, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastrootzolotepec@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Notificación Catastral y registro ante el padrón
catastral , para el pago de impuesto predial.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Tiene algún costo la inspección de verificación del inmueble en caso de inscripción?
No, La Inspección que se realiza sobre el inmueble no tiene ningún costo.
2. ¿Cuanto dura el tramite?
Desde su inscripción hasta su culminación del tramite dura aproximadamente 15 días hábiles . .
3. ¿Cuanto tiempo antes de la verificación tengo que
estar para llevar a los verificadores al inmueble ?
No es necesario ir por os verificadores debido a que la ubicación en la cartografía digital ellos llegaran al inmueble donde el contribuyente los esperarara para la inspección física
Fundamento legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 113, 114, 115, 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Artículo 171, 173, 181, 182. 182 bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 5, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 33, 34 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado I, numeral 1.3 de la política general , ACGC004, ACGC006, ACGC007, ACGC011, ACGC014, apartado II en el numeral II.3 en su política general ACC001, ACC002, ACC003, ACC004, sub apartado II en lo referente al Procedimiento, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 40 del Reglamento Orgánico de la Administración Municipal 2022-2024.
Artículo 17 fracción I, 19, del Reglamento Interno de la Coordinación de Catastro.
Artículo 167, 168, 169, 170, 170 bis del Código Penal del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando el solicitante cumpla con los requisitos establecidos por la ley, la coordinación catastral incorpora el inmueble al sistema de gestión catastral, con fines de administración pública y física, otorgando una notificación catastral y una clave catastral respecto al inmueble
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
El trámite se realiza cuando los propietarios o poseedores de los inmuebles solicita una modificación, incorporación, subdivisión, lotifiquen.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
20/06/2023 11:52 am



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