Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de Dictamen de Giro.

Es el documento de carácter permanente emitido por el Comité Municipal de Dictamen de Giro, sustentando en las Evaluaciones Técnicas de Factibilidad que realizan las autoridades municipales en el ámbito de su competencia, en materias de Ecología, Desarrollo Urbano, Salubridad local y Protección Civil, para la expedición o refrendo de las Licencias de Funcionamiento de las unidades económicas con venta de bebidas alcohólicas para consumo inmediato, rastros y aquellas unidades económicas dedicadas a la enajenación, reparación o mantenimiento de vehículos automotores usados y auto partes nuevas y usadas.
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretendan aperturar nuevas unidades económicas con venta y suministro de bebidas alcohólicas al copeo, rastros y aquellas unidades económicas dedicadas a la enajenación, reparación o mantenimiento de vehículos automotores usados y autopartes nuevas y/o refrenden su Licencia de Funcionamiento referente a los mismos giros y no cuenten con Dictamen de Impacto Regional y/o Dictamen Único de Factibilidad y/o Evaluación de Impacto Estatal, vigentes; aún así contando con los documentos descritos, hayan variado las condiciones y términos en que fueron originalmente otorgados (aforo, superficie, actividad económica, ubicación).

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de Dictamen de Giro y memoria descriptiva.
https://atlacomulco.gob.mx/documentos/MejoraRegulatoria/Catalogo%20de%20Formatos/10%20Direccion%20de%20Desarrollo%20Economico/Departamento%20de%20Licencias,%20Permisos,%20Autorizaciones%20e%20Inspecciones/Formato%20unico%20de%20memoria%20descriptiva.pdf
SI
NO
Artículo 20 Ter. De la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.

2. Identificación Oficial del solicitante, vigente (credencial para votar, pasaporte, y o licencia para conducir, vigente)
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

3. Clave CURP
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

4. Licencia de Uso de Suelo y/o Cedula Informativa de Zonificación;
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

5. Poder notarial o Carta poder en caso que el tramite lo realice un tercero, con copia de identificación vigente del otorgante, de quien acepta el poder y los testigos.
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

6. Documento con el que acredita la propiedad o posesión del inmueble
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

7. Croquis de localización; y
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud de Dictamen de Giro;
SI
NO
Artículo 20 Ter. De la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.

2. Identificación Oficial del solicitante, vigente (credencial para votar, pasaporte, y o licencia para conducir, vigente)
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

3. Clave CURP;
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

4. Licencia de Uso de Suelo y/o Cédula Informativa de Zonificación;
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

5. Acta constitutiva de la empresa;
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

6. Poder notarial del representante legal;
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

7. Poder notarial o Carta poder en caso que el tramite lo realice un tercero, con copia de identificación oficial vigente del otorgante, de quien acepta el poder y los testigos.
NO
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

8. Documento con el que acredita la propiedad o posesión del inmueble;
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

9. Croquis de localización; y
SI
NO
Manual de Procedimientos de la Dirección de Desarrollo Económico, procedimientos "Solicitud de Dictamen de Giro" página 105.

1.- La o el Ciudadano presenta solicitud conforme a los formatos, requisitos y documentos establecidos en el REMTYS.
2.- La o el Encargado de Ventanilla recibe y revisa la documentación, si no es correcta seguir paso 3, si es correcta seguir paso 7.
3.- La o el Encargado de Ventanilla notifica en un lapso de 10 días hábiles al solicitante la subsanación.
4.-La o el Ciudadano subsana, "en un plazo de 3 días hábiles" Sí, continua paso 5. No, continúa paso 6.
5.-La o el Ciudadano entrega la documentación a ventanilla y se retoma el punto 2.
6.- La o el Encargado de Ventanilla informa de manera fundamentada el sentido negativo. Termina procedimiento.
7. La o el Encargado de Ventanilla integra expediente y turna al STC.
8. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) recibe y convoca a sesión para presentar las solicitudes al comité.
9. El Comité conoce las solicitudes e instruye al STC, la emisión del oficio de procedencia jurídica en un lapso no mayor a 3 días hábiles.
10. El Comité determina si la unidad, "requiere supervisión técnica y física" Sí, continua paso 11, No, continua paso 14.
11. La Unidad de Verificación Administrativa (UVA) notifica a las autoridades competentes y al particular respecto a la visita colegiada.
12. Las Autoridades competentes llevan a cabo la visita colegiada en un lapso de 10 días.
13. La Unidad de Verificación Administrativa (UVA ) acompaña la visita, elabora y entrega el acta de la misma al STC en un lapso no mayor a 3 días hábiles.
14. Las Autoridades competentes emiten y entregan las Evaluaciones Técnicas de Factibilidad al STC. En un lapso de 20 días hábiles, improrrogable.
15. La o el Secretario Técnico del Comité (STC)) recibe acta, evaluaciones y convoca a sesión.
16. El Comité ratifica las evaluaciones técnicas.
17. El Comité determina si alguna unidad económica, "requiere de estudios específicos" Sí, continua paso 18. No, continua paso 34.
18. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) elabora oficio fundamentado solicitando los estudios específicos y turna a la ventanilla única en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
19. La o el Encargado de Ventanilla recibe oficio y lo entrega al solicitante.
20. La o el Ciudadano recibe oficio y atiende lo requerido.
21. La o el Ciudadano "Cumple en su 1er. Plazo de 15 días hábiles" Sí, continua pasó 22. No, continua paso 26.
22. La o el Ciudadano o remite a ventanilla los estudios requeridos.
23. La o el Encargado de Ventanilla recibe estudios requeridos y los remite al STC.
24. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) recibe estudios requeridos y convoca a sesión para presentar la documentación.
25. El Comité valida los estudios, determinando, "son correctos y suficientes" No, termina procedimiento. Sí, continua paso 34.
26. La o el Ciudadano "Solicita prorroga" Sí, continua paso 27. No. Termina procedimiento.
27. La o el Ciudadano por causas de fuerza mayor presenta solicitud al comité de una prorroga por 10 días más, antes de que concluya su primer plazo.
28. La o el Encargado de Ventanilla recibe solicitud de prórroga y la remite al STC.
29. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) recibe solicitud y convoca a sesión para autorización.
30. El Comité "Autoriza prórroga" Sí, continua paso 31. No, termina procedimiento.
31. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) Elabora oficio de autorización y turna a ventanilla.
32. La o el Encargado de Ventanilla recibe oficio y lo entrega al solicitante.
33.La o el Ciudadano recibe oficio y atiende lo requerido, posteriormente retoma el paso 22.
34. La o el Secretario Técnico del Comité (STC) elabora el Dictamen de Giro, placa y lo turna a ventanilla, en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
35. La o el Encargado de Ventanilla recibe el dictamen, placa, notifica al solicitante y entrega los documentos en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
36. La o el Ciudadano recoge el Dictamen de Giro y Placa. Termina procedimiento.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones
Titular de la unidad administrativa responsable:
P.D. Anahí Espinoza Fernández
Cargo del titular:
Jefa del Despacho del Departamento de Licencias, Permisos, Autorizaciones e Inspecciones.
Domicilio:
Adolfo López Mateos esquina con Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1225901 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: licencias@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen de Giro.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Dónde tramito la Licencia de Uso de Suelo o Cédula Informativa de Zonificación?
En la Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Atlacomulco.
2. ¿Quiénes emiten las Evaluaciones Técnicas de Factibilidad?
Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Ecología, Coordinación de Salud y Coordinación de Protección Civil y Bomberos.
3. Para el refrendo anual ¿es necesario obtener un nuevo Dictamen de Giro?
No es necesario, siempre y cuando no se modifiquen la superficie de la unidad económica, su aforo o su actividad económica y ubicación.
Fundamento legal:
Artículo 76, 77, 81 y 85 fracción I de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Artículos 161, párrafo noveno del Bando Municipal vigente.
https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
-La unidad económica debe instalarse u operar dentro de la demarcación del Municipio de Atlacomulco;
-La unidad económica no cuenta con Dictamen de Impacto Regional y/o Dictamen Único de Factibilidad y/o Evaluación de Impacto Estatal;
-Hayan variado las condiciones y términos en que fueron otorgados originalmente los documentos mencionados en el punto anterior;
-Cumplir con los requisitos establecidos para el trámite;
-Atender y cumplir las disposiciones aplicables en materias de Ecología, Desarrollo Urbano, Salubridad local y Protección Civil;
-Acreditar las Evaluaciones Técnicas de Factibilidad emitidas por las diferentes dependencias municipales.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretendan aperturar nuevas unidades económicas con venta y suministro de bebidas alcohólicas al copeo, rastros y aquellas unidades económicas dedicadas a la enajenación, reparación o mantenimiento de vehículos automotores usados y autopartes nuevas y/o refrenden su Licencia de Funcionamiento referente a los mismos giros y no cuenten con Dictamen de Impacto Regional y/o Dictamen Único de Factibilidad y/o Evaluación de Impacto Estatal, vigentes; aún así contando con los documentos descritos, hayan variado las condiciones y términos en que fueron originalmente otorgados (aforo, superficie, actividad económica, ubicación).
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
26/03/2024 02:07 pm



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