Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitar la atención de la emergencia,
Artículo 48, 142 y 144 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
2. Puede ser vía telefónica o presencial,
Manual de Procedimientos de la Dirección de Gobierno y Protección Civil
3. Especificar el tipo de auxilio que requiere,
Artículo 89 Fracción II y III del Bando Municipal Vigente.
4. Proporcionar nombre completo y número telefónico de quien reporta.
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5. Domicilio completo, asimismo como referencia (entre calles) del lugar para una pronta ubicación de donde se requiere el servicio de bomberos.
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