Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de cambio de material

Consiste en el cambio de material de un punto de conexión entre la red de distribución y la infraestructura domiciliaria del usuario para la prestación del servicio de agua potable.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

Costo
15.5495 UMAS + IVA
Costo
16.8710 UMAS + IVA
Costo
6.2030 UMAS + IVA
Costo
6.9096 UMAS + IVA
Adicional:
Gaceta Municipal 87 de fecha 19 de Enero de 2023 donde se publican los Precios Públicos para los productos y servicios relacionados al suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de agua residuales.
Decreto por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.
Decreto por el que el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica da a conocer el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, vigente a partir del 1º de febrero de 2023 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero del 2023.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista desgaste en la instalación hidráulica del usuario, falta de suministro, alguna obstrucción en la manguera que abastece el predio o por fugas recurrentes en la manguera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar el cambio de material.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente al cambio de material
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular, representante legal o apoderado de la cuenta pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

5. Identificación Oficial del titular de la cuenta pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

6. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Carta Poder autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar el cambio de material.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente al cambio de material.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular, representante legal o apoderado de la cuenta, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

5. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta Poder de la persona Jurídica Colectiva autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar el cambio de material.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente al cambio de material.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular, representante legal o apoderado de la cuenta pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

5. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta poder en hoja membretada de la Institución autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 1, 2 Fracción I a V, 4 Fracción XI y 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Artículo 69 Fracción VII y 72 de la Ley del Agua para Estado de México y Municipios.
Artículo 116 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios.

1.- El ciudadano ingresa su solicitud por escrito en la Unidad de Oficialía de partes
2.- La Unida de Oficialía de Partes canaliza la petición a la Subdirección correspondiente para su atención
3.- El Departamento de Agua Potable realiza inspección para cuantificación de material y elabora oficio de respuesta al ciudadano
4.- El ciudadano paga los derechos por el cambio de material
5- El Departamento de Agua Potable programa la fecha para realizar los trabajos
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de respuesta a petición.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué se requiere un cambio de material?
Generalmente por reincidencia de fugas
2. ¿Me pueden realizar cambio de material si tengo adeudo con el Organismo?
No, debe de estar al corriente
3. ¿Cuántos metros me dejas de manguera dentro de mi predio?
De 1 a 2 metros dentro del predio
Fundamento legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 69 fracciones VII, artículo 72 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Artículo 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.
Artículo 76 y 110 del Reglamento de la Ley de Agua para el Estado de México y Municipios
Articulo 107 fracciones I y VI del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Primero verificamos de acuerdo a la solicitud y se informa la negativa o la realización del trámite de acuerdo a los recursos del organismo.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista desgaste en la instalación hidráulica del usuario, falta de suministro, alguna obstrucción en la manguera que abastece el predio o por fugas recurrentes en la manguera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/05/2023 02:56 pm



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