Gobierno del Estado de México
 

EVALUACIÓN TÉCNICA DE FACTIBILIDAD DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE.

Regular la generaciones de emisiones a la atmosfera, provenientes de fuentes fijas.
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Costo:
$ 434.28 pesos.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Almoloya del Río
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Toda fuente fija con actividad comercial o de servicio, de competencia municipal, deberá obtener la evaluación técnica de factibilidad para regular sus emisiones de ruido a la atmosfera. En caso de realizar cambios en la fuente fija en sus equipos o procesos generadores, deberá tramitar la actualización de la Evaluación técnica de factibilidad de la dirección de ecología.
La evaluación técnica de factibilidad de la dirección de ecología y medio ambiente se debe de prorrogar anualmente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite una solicitud a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente para la obtención del Visto Bueno en la Licencia de funcionamiento
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios
Articulo 162 fracciones III, VI, IX, X del Bando Municipal de Almoloya del Río, Estado de México 2024.

2. Documento que acredite la propiedad, posesión o tenencia del inmueble.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios Articulo 162 fracciones III, VI, IX, X del Bando Municipal de Almoloya del Río, Estado de México 2024.

3. Copia simple de la credencial de elector del solicitante.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios Articulo 162 fracciones III, VI, IX, X del Bando Municipal de Almoloya del Río, Estado de México 2024.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite una solicitud a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente para la obtención del Visto Bueno en la Licencia de funcionamiento
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

2. Documento que acredite la propiedad, posesión o tenencia del inmueble.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

3. Copia simple de la credencial de elector del solicitante.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite una solicitud a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente para la obtención de la Evaluación Técnica de Factibilidad.
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

2. Documento que acredite la propiedad, posesión o tenencia del inmueble.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

3. Copia simple de la credencial de elector del solicitante.
NO
1, Simple
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

1.- Acudir a la dirección de Ecología y Medio Ambiente para solicitar información referente a los requisitos solicitados.
2.-Ingresar la solicitud por escrito en las oficinas de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Almoloya del Río
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ecología y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
ING. Yuluem Siles González
Cargo del titular:
Directora de Ecología y Medio Ambiente
Domicilio:
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 713 1320004 Ext: 131
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ecologia@almoloyadelrio.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Evaluación Técnica de Factibilidad de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Como se realiza la inspección de ruido?
Se utiliza un instrumento de medición (sonómetro), esto con la finalidad de poder medir los decibeles que se presentan dentro del establecimiento.
2. ¿Qué debo hacer si se terminó la vigencia de la Evaluación de Factibilidad de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente?
Acudir a la dirección de ecología y medio ambiente con una solicitud escrita pidiendo la renovación de la Evaluación de Factibilidad de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente, y una copia del documento
3. ¿Qué establecimientos comerciales son los que se realizará la inspección?
Cantinas, bares o establecimientos con venta al copeo.
Fundamento legal:
Articulo 112 fracción I y III de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Articulo 1.1 fracción 1, 1.2 fracciones I, II,IV y VII, 2.8 fracciones, XIV, 2.9 fracción IV,XVI, 2.140,2.141, 2.142 fracciones I y II, 2.143, 2.144 fracciones I, II y III 2.145 fracciones I y II, 2.148 fracciones 1, II, III, IV, V,VI, VII, VIII, XIX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI, 2.149 fracciones I,III, V, XI, XIV, XV y XVI DEL Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 3, 5 fracciones III y XI, 250 fracciones 1, 251, 252, 253, 254,256 fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, 259,263 fracciones I, II,III, IV, V, 267, 271, 272 y 274 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Articulo 92 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Articulo 162 fracciones III, VI, IX, X del Bando Municipal de Almoloya del Río, Estado de México 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumpliendo los requisitos y de acuerdo con la factibilidad Ambiental y Ecológica de conformidad con las leyes aplicables se entrega el documento.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Toda fuente fija con actividad comercial o de servicio, de competencia municipal, deberá obtener la evaluación técnica de factibilidad para regular sus emisiones de ruido a la atmosfera. En caso de realizar cambios en la fuente fija en sus equipos o procesos generadores, deberá tramitar la actualización de la Evaluación técnica de factibilidad de la dirección de ecología.
La evaluación técnica de factibilidad de la dirección de ecología y medio ambiente se debe de prorrogar anualmente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/03/2024 03:30 pm



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