Gobierno del Estado de México
 

Constancia de Vecindad (SA-VB-04)

Consiste en la recepción de documentos personales para poder expedir una constancia que credite que una persona es vecino de cierta comunidad
5 de Febrero No. Ext. 100 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 51200, Valle de Bravo, México
Costo:
$ 104 pesos.
Adicional:
Los costos se calculan de conformidad con lo establecido en el Art. 147 del Codigo Financiero del Estado de México y Municipios y se atualizan de manera anual en base al costo de la UMA
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En las oficinas de la Tesorería Municipal, ubicadas en el interior del edificio denominado ?La Casona?, sito en calle Porfirio Díaz, Número 102, Colonia Centro, Valle de Bravo, Estado de México.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Valle de Bravo
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del interesado o por alguna autoridad.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.- Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, agua, etc.)
SI
1, Simple
Artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;

2. 2.- Dos fotografías tamaño infantil.
SI
NO
Artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;

3. 3.- Identificación Oficial vigente (INE) de no coincidir las direcciones del comprobante de domicilio y del INE se deberá presentar una constancia domiciliaria expedida por el delegado municipal)
SI
1, Simple
Artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;

4. 4.- Recibo de pago ante la Tesorería Municipal.
SI
1, Simple
Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Una vez reunidos los requisitos el solicitante se debe presentar en las oficinas de Secretaria del Ayuntamiento den donde la información sera revisada y validada, porteriormente se le indica al solicitante pasar a las oficinas de la Coordinación de Ingresos para realizar el pago correspondiente y finalmente en un plazo maximo de 1 día le sera entregada la Constancia de Vecindad
Dependencia u organismo:
Municipio Valle de Bravo
Dirección general:
Ayuntamiento de Valle de Bravo
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
Edgar Ledezma Bernal
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento
Domicilio:
5 de Febrero No. Ext. 100 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 51200, Valle de Bravo, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 2628073 Ext: No aplica
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: No aplica
Correo electrónico: No aplica
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de Vecindad
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo obtener el documento, aunque mis documentos no coincidan?
Si no coinciden no hay manera de corroborar que Usted reside en dicho domicilio, por lo que no se puede expedir el trámite
2. ¿La constancia de vecindad expedida por la Autoridad Auxiliar es válida?
Es válida para otras instituciones, Si dicha institución requiere la expedida por el Secretario del Ayuntamiento deberá a acudir a las oficinas registradas para realizar el trámite
3. En caso de extraviarla ¿se me puede expedir la misma en copia?
No. El solicitante deberá hacerse responsable de su documento una vez entregada. En caso de pérdida o extravío deberá realizar nuevamente el trámite.
Fundamento legal:
Artículo 8 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículos 122 y125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículo 91 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;
Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El trámite no se podrá efectuar por el incumplimiento del solicitante de alguno de los requisitos.
El trámite no se podrá efectuar por la inconsistencia de los documentos solicitados.
El trámite será efectuado por el cumplimiento total de los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del interesado o por alguna autoridad.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/08/2023 12:00 pm



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