Gobierno del Estado de México
 

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL

Consiste en otorgar al solicitante un documento que autoriza la operación y funcionamiento sólo a unidades económicas de bajo impacto, que estén por emprender y requieran de un tiempo necesario para establecerse. Mientras concluye el proceso de trámite ante alguna dependencia municipal, estatal o federal, siempre y cuando el proyecto haya sido aprobado y sea factible ante estas instancias. Cuando la unidad económica tenga planeado operar por un tiempo determinado menor a un año.
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Costo:
$ 325.71 pesos.
Adicional:
El valor de 3 UMAS del año vigente.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos y Otro.
Otras alternativas:
Caja de Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Almoloya del Río
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Todo empresario que inicie una actividad comercial, industrial y/o de prestación de servicios y desee obtener un permiso de funcionamiento provisional que requiera un periodo de prueba o esté en espera de la conclusión del proceso de un trámite ante alguna dependencia municipal, estatal o federal.
La Licencia o Permiso Provisional de Funcionamiento solo se otorgará para la apertura de giros de bajo impacto.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de Apertura Rápida de Empresas (FUA) con la respectiva Carta Compromiso de Protección Civil.
SI
NO
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

2. Cédula Informativa de Zonificación congruente con el giro.
NO
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

3. Identificación Oficial Vigente del titular y/o Rep. Legal (credencial del INE, pasaporte o cédula profesional).
*Carta Poder en caso de que no lo realice el titular con la firma de 2 testigos, con copias de las identificaciones oficiales vigentes de las partes.
SI
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

4. Evidencia fotográfica del establecimiento (2 fotos del inmueble; fachada e interior).
NO
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de Apertura Rápida de Empresas (FUA) con la respectiva Carta Compromiso de Protección Civil.
SI
NO
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

2. Cédula Informativa de Zonificación congruente con el giro.
NO
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

3. Identificación Oficial Vigente del titular y/o Rep. Legal (credencial del INE, pasaporte o cédula profesional).
*Carta Poder en caso de que no lo realice el titular con la firma de 2 testigos, con copias de las identificaciones oficiales vigentes de las partes.
SI
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

4. Evidencia fotográfica del establecimiento (2 fotos del inmueble; fachada e interior).
NO
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

5. Acta Constitutiva
SI
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

6. Poder notarial.
SI
1, Simple
Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río vigente.

1.El solicitante se presenta de manera presencial para conocer los requisitos y características del proceso.
2.Una vez entregada la documentación, se verifica que la cédula informativa de zonificación sea compatible con la actividad a desarrollar, de ser así se le informa el tiempo de entrega de la licencia de funcionamiento, así como la vigencia del mismo.
3. El personal emite la licencia con la información contenida en el formato de solicitud y expediente, una vez que se entrega se le informa acerca de la Carta Compromiso, el cual verificara Protección Civil.
4.Se entrega al solicitante la Licencia de Funcionamiento.
Dependencia u organismo:
Municipio Almoloya del Río
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Económico
Titular de la unidad administrativa responsable:
L. E. Alejandra Gutiérrez Hernández
Cargo del titular:
Directora de Desarrollo Económico
Domicilio:
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 713 131 5282 Ext: 128
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollo.economico@almoloyadelrio.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de funcionamiento provisional.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué giros se permite regular a través de los permisos provisionales?
Giros de bajo impacto, y en su caso de mediano y alto impacto sin que el giro contemple la venta de bebidas alcohólicas de consumo inmediato y/o al copeo.
También el que requiera un periodo de prueba o esté en espera de la conclusión del proceso de un trámite ante alguna dependencia municipal, estatal o federal, para lo cual se sujetaran a una carta compromiso, para la posterior entrega del mismo.
2. ¿Se puede aperturar sin contar con licencia de funcionamiento?
Bajo ninguna circunstancia se podrá operar sino se cuenta con licencia y/o permiso de funcionamiento.
3. ¿Se puede renovar el permiso provisional?
No, en todo caso se deberá tramitar la autorización correspondiente.
Fundamento legal:
- Artículo 115, fracción II, III inciso I y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Artículos 4, 112, 113, 122, 123, 124 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
- Artículo 31 y 96 Quáter de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
- Artículos 11, 21, 33 al 45 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
- Ley de Fomento Económico del Estado de México.
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
- Código Financiero del Estado de México.
- Artículos 177, 178, 179, 182 al 188 del Bando Municipal de Almoloya del Río vigente.
- Reglamento de la Dirección de Desarrollo Económico de Almoloya del Río.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumplir con los requisitos del trámite.
Haber realizado el pago de derechos.
La Licencia Provisional puede ser cancelada, si se verifica que no se han tomado las medidas recomendadas por otras dependencias municipales, y si no acredita el giro para el cual fue autorizado.
No contar con alguna negativa por parte de alguna dependencia oficial del municipio.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Todo empresario que inicie una actividad comercial, industrial y/o de prestación de servicios y desee obtener un permiso de funcionamiento provisional que requiera un periodo de prueba o esté en espera de la conclusión del proceso de un trámite ante alguna dependencia municipal, estatal o federal.
La Licencia o Permiso Provisional de Funcionamiento solo se otorgará para la apertura de giros de bajo impacto.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/03/2024 11:12 am



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