Fundamento legal:
Artículo 4 y 115, fracc. III incisos g, i, y V incisos a, d y h de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 533 y 536 de la Ley de Vías Generales de Comunicaciones; 5 fracc. IX párrafo noveno, 122, 123, 128 fracc. III y XII y 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 12, 31 fracc. VIII y 105 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 3, 12, 31 fracc. VIII y 105 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 5. 10 fracc. XV 8.1, 8.2, 8.3, 8.4, 8.5, 8.8, 8.9, 8.10 fracc. I, III y IV, y 8.15 del Código Administrativo del Estado de México; 49 de la Ley general de Movilidad y Seguridad Vial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo del 2022 y su reforma del 28 de abril del 2023; Fracción VI, 8, 9 fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, XII, XVII, XIX, XXIII Y XXV del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México (2022-2024); 18 fracción XVI, 19 fracciones III, IV, V y IX, 91 fracciones II, III, IV y VI, y 94, fracción IV del Bando Municipal 2023 de Cuautitlán Izcalli publicada en la Gaceta de Gobierno del Estado de México Número 145 de fecha 5 de febrero del 2023; 5.2.8. y norma 21 fracciones III y IV de la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Cuautitlán Izcalli y fe de erratas publicada en la Gaceta de Gobierno del Estado de México número 58 de fecha 18 de septiembre del 2013 y número 6 de fecha 13 de enero del 2014.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Datos del solicitante, Nombre completo, domicilio, teléfono de contacto, correo electrónico.
Datos de ubicación a evaluar: Nombre de la calle, colonia, entre calles y breve descripción de la problemática a solucionar.