Gobierno del Estado de México
 

Licencia Municipal de Construcción e Instalación de Estaciones Repetidoras y Antenas para Radiotelecomunicaciones

Autorización que tiene por objeto saber la legalidad respecto a la colocación e instalación de repetidoras y antenas para radiotelecomunicaciones y tener una regulación de estas mismas, así como que cumplan con la normatividad vigente de uso de suelo y de las restricciones existentes.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Adicional:
Se cobra mediante dos factores los metros cuadrados construidos y por el tipo de vivienda en este caso aplicaría; Mercantiles, Industriales o de prestación de Servicios y comercio 0.56 veces el valor de UMA.

Artículos 143 Fracción I y 144 fracción I inciso G) del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 29/08/2023 al 29/08/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Bancos, Centros comerciales, En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Cajas de cobro de la Tesorería Municipal.
Tiendas Oxxo, Instituciones Bancarias. (Banamex, Banorte, BBVA, Scotiabank, Afirme, Santander).
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A los interesados en efectuar trabajos de construcción para la instalación de antenas de radiotelecomunicaciones en inmueble ubicado en territorio municipal.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario o representante legal y Director Responsable de Obra. (Formato Único de la Dirección de Desarrollo Urbano);
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o Posesión del predio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad (R.P.P.) o Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Pago de impuesto predial vigente
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Licencia de uso del suelo vigente, autorización de conjunto urbano o de un coeficiente de utilización del suelo de tres mil o más metros cuadrados de construcción en otros usos, evaluación de impacto Estatal, expedida por COIME
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Constancia de alineamiento y número oficial vigente.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Planos arquitectónicos del proyecto firmados por Director Responsable de Obra;
NO
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos estructurales, firmados por Director Responsable de Obra y/o Corresponsable de obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

9. Evaluación técnica de factibilidad de agua, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales o documento que acredite la existencia y dotación de agua potable para el desarrollo que se pretende, así como incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado;
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

10. Bitácora de obra con los datos de la obra y firmada por el Director Responsable de Obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

11. Registro Vigente de Director Responsable de Obra;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

12. Carta convenio emitida y firmada por el Director Responsable de Obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

13. Si el tramite no es realizado por el propietario deberá presentar carta poder en original, con copias de identificación oficial del poderdante, apoderado, y dos testigos. (identificaciones oficiales vigentes)
SI
4, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario o representante legal y Director Responsable de Obra. (Formato Único de la Dirección de Desarrollo Urbano);
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente);
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Acta constitutiva de la sociedad o asociación, tratándose de personas morales, así como poder notarial del representante legal;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o Posesión del predio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad (R.P.P.) o Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM);
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Pago de Impuesto Predial Vigente;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Licencia de uso del suelo vigente, autorización de conjunto urbano o suelo de tres mil o más metros cuadrados de construcción en otros usos, Evaluación de Impacto Estatal expedida por la COIME;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de alineamiento y número oficial vigente;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos arquitectónicos del proyecto firmados por Director Responsable de Obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

9. Planos estructurales, firmados por Director Responsable de Obra y/o Corresponsable de obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

10. Evaluación técnica de factibilidad de agua, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales o documento que acredite la existencia y dotación de agua potable para el desarrollo que se pretende, así como incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

11. Bitácora de obra con los datos de la obra y firmada por el Director Responsable de Obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

12. Registro vigente de Director Responsable de Obra vigente;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

13. Carta convenio emitida y firmada por el Director Responsable de obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

14. Si el tramite no es realizado por el representante legal deberá presentar carta poder en original, con copias de identificación oficial del apoderado, apoderado, y dos testigos. (Identificaciones oficiales vigentes).
SI
4, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada y firmada por el propietario o representante legal y Director Responsable de Obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente);
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Acta constitutiva de la sociedad o asociación, así como poder notarial del representante legal;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o Posesión del predio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad (R.P.P.) o Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM);
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Pago del Impuesto predial Vigente
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Licencia de uso del suelo vigente, autorización de conjunto urbano o de un coeficiente de utilización del suelo de tres mil o más metros cuadrados de construcción en otros usos, Evaluación de Impacto Estatal, expedida por COIME;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

7. Constancia de alineamiento y número oficial;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

8. Planos arquitectónicos del proyecto firmados por Director Responsable de Obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

9. Planos estructurales, firmados por Director Responsable de Obra y/o Corresponsable de obra;
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

10. Evaluación técnica de factibilidad de agua, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales o documento que acredite la existencia y dotación de agua potable para el desarrollo que se pretende, así como incorporación a los sistemas de agua potable y alcantarillado;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

11. Bitácora de obra con los datos de la obra y firmada por el Director Responsable de Obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

12. Registro vigente de Director Responsable de Obra vigente;
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

13. Carta convenio emitida y firmada por el Director Responsable de obra;
SI
NO
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

14. Si el tramite no es realizado por el representante legal deberá presentar carta poder en original, con copias de identificación oficial del apoderado, apoderado, y dos testigos. (Identificaciones oficiales vigentes)
SI
4, Simple
Artículo 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.

Artículos 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

1.- El solicitante acude a la Ventanilla de la Dirección de Desarrollo Urbano, para requerir información de dicho trámite.
2.- El solicitante acude a la Ventanilla de la Dirección de Desarrollo Urbano entrega documentos para llevar a cabo el inicio del trámite al que solicita y se proporciona el número de expediente.
3.- Se realiza la visita de inspección y se regresa al cuantificador para revisar que el proyecto cumpla con la normatividad.
4.- Se elabora la licencia y el recibo que determina la cantidad del pago que el solicitante realizará en tesorería municipal, para dar seguimiento a su trámite.
5.- El solicitante acude a la Ventanilla de la Dirección de Desarrollo Urbano entrega el comprobante de pago y se le entrega la licencia correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Daniel Arreola Álvarez
Cargo del titular:
Director de Desarrollo Urbano
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 3729 y 3932
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: n/a
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia Municipal de Construcción e Instalación de Estaciones Repetidoras y Antenas para Radiotelecomunicaciones
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Se solicitan los planos autorizados?
Si.
2. ¿Existen lugares específicos para la colocación de antenas?
La colocación para los fines particulares deberá de sujetarse a lo prescrito por la autoridad municipal.
3. ¿Qué pasa si no respeto el proyecto autorizado?
Podrá ser acreedor a una sanción de acuerdo a lo estipulado por la normatividad aplicable.
Fundamento legal:
Artículos 115 fracción V inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículos 5.10 fracción VI, 18.6 fracciones II, III y XI, 18.20 fracción VIII, 18.21 fracciones I, II y III inciso H) del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 3, 8 y 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Artículos 143 Fracción I, 144 fracción I inciso G) del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente.
Artículos 311 fracción XIII y XIV, 313 fracción II, III, IV y XV, 317 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de Construcciones de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cajas de cobro de la Tesorería Municipal
Tiendas Oxxo, Instituciones Bancarias. (Banamex, Banorte, BBVA, Scotiabank, Afirme, Santander).
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A los interesados en efectuar trabajos de construcción para la instalación de antenas de radiotelecomunicaciones en inmueble ubicado en territorio municipal.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
21/05/2024 08:51 am



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