Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 146 fracción I del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
2. Documento que Acredite la Propiedad (Inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, que contengan los datos de su inscripción). En caso de posesión del inmueble o predio, podrá acreditarse con alguno de los documentos siguientes: a) Contrato de compra-venta, usufructo, comodato o arrendamiento vigente sobre el inmueble. b) Resolución judicial firme que constituya o declare la propiedad o posesión o cualquier otro derecho real o personal vigente a favor del solicitante sobre el inmueble. c) Inmatriculación administrativa. d) Recibo de pago del impuesto sobre traslación de dominio (cuando el solicitante no es el titular del predio o inmueble). e) Acta de entrega de la posesión, en caso de viviendas. f) Cédula de contratación con el Instituto. g) En el caso de terrenos ejidales o comunales, certificado parcelario, certificado de derechos agrarios o resolución agraria, cédula de contratación con la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso A del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
3. Evaluación de Impacto Estatal (Para aquellos usos que, por su impacto sobre la infraestructura, equipamiento urbano y servicios públicos, protección civil y medio ambiente establezcan otras disposiciones estatales).
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso G del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
4. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso del representante legal
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México
5. Carta poder y acreditar la personalidad de los que en ella intervienen, en caso de que el propietario no realice el trámite.
SI
NO
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México
6. Poder Notarial que acredite al representante Legal (según sea el caso).
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México.
7. Acta Constitutiva de la Empresa
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso B del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
8. Anteproyecto del Desarrollo y su memoria descriptiva
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.
9. Anteproyecto Arquitectónico.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.
10. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso H del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.
11. Opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso I del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.
12. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 33 apartado políticas y lineamientos)