Gobierno del Estado de México
 

Calificación de personas por infracciones al Bando Municipal.

El ciudadano que sea sorprendido en flagrancia por la policía municipal de proximidad, policía Estatal, y Guardia Nacional, realizando una conducta inadecuada, considerada como falta administrativa establecida en el Bando municipal vigente, es sujeta al procedimiento administrativo por su probable responsabilidad
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
 

Costo

MINIMO
$1,792.4
MAXIMO
$4,481.00
Adicional:
Variable (depende la falta administrativa cometida)
Mínimo 2.29 UMA (Unidades de Medida de Actualización) = $ 249.00
Máximo 100 UMA (Unidades de Medida de Actualización) = 10,857.00

Título Cuarto Artículo 38 de Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios y Capítulo V, Artículo 276 y 277 del Bando Municipal 2024.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 06/02/2024 al 05/02/2025.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal ubicadas en el Palacio Municipal s/n, Atlacomulco de Fabela.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano sea presentado y puesto a disposición por la conducta inadecuada considerada como falta administrativa.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Informe Policial Homologado, elaborado por la policía de proximidad municipal, policía Estatal y Guardia Nacional
SI
NO
Título Sexto, Capítulo Primero, Artículo 80, 81, 82, 84, 85, 86 y 87 del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 36.

1.- El Juez Cívico recibe el Informe Policial Homologado (IPH) del infractor.
2.- El Juez Cívico procede, a solicitar mediante oficio al médico la certificación el estado psicofísico, lesiones y en su caso el grado de toxicidad.
3.- El medico emite certificado médico con las especificaciones solicitadas.
4.- El Juez Cívico inicia el procedimiento al probable responsable de haber cometido una falta administrativa.
5.- El Juez Cívico da lectura y entrega la hoja de los derechos constitucionales que le asisten como presentado, solicitándole manifieste completando de su puño y letra la comprensión de los mismos con su nombre completo y firma.
6.- El Juez Cívico otorga su garantía de audiencia solicitándole los datos generales, así como su versión de los hechos suscitados motivo de su presentación.
7.- El Juez Cívico hace de conocimiento al infractor la sanción a que se ha hecho acreedor como lo es el arresto administrativo por una determinada cantidad de horas o el pago de una multa consistente en una determinada cantidad de dinero.
8.- El infractor manifiesta lo que a su derecho convenga.
9.- Si el infractor manifiesta pagar la multa, el Juez Cívico emite recibo de pago y ordena su inmediata libertad.
10.- Si el infractor manifiesta el cumplimiento del arresto administrativo el Juez Cívico emite boleta de arresto por las horas establecidas y ordena su ingreso al área de galeras municipales para su cumplimiento.
11.- Cumplido el arresto administrativo el Juez Cívico emite boleta de egreso de inmediata libertad del infractor.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Jusgado Civico.
Titular de la unidad administrativa responsable:
I Turno L.D. Arón Mendoza Cruz
II Turno L.D. Wendy Zacarias Pascacio
Cargo del titular:
Jueces Civicos.
Domicilio:
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1227813 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: oficialia.calificadora@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acuerdo de calificación por la falta administrativa.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué es una UMA?
Es la unidad de medida de actualización un monto menor al salario mínimo vigente que se aplica para sancionar el incumplimiento de ordenamientos administrativos su valor es de $ 108.57
2. ¿Es necesario ser asistido por un abogado?
No, por ser un acto conductual, considerado como falta administrativa.
3. ¿Sí deseo ser asistido por un abogado la oficialía cuenta con defensor de oficio?
No, y usted puede contratar de forma particular los servicios de un profesionista.
Fundamento legal:
Artículo 17 fracción I, de Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios y Artículo 262 y 272 del Bando Municipal del año 2024.

https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Titulo Sexto, Capítulo segundo artículo 90, 91, 93, 94, 95, 96, 98, 99, 100, 101, 102, 103 fracciones I a la XII, 104, 105 106, 107 y 108 del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano sea presentado y puesto a disposición por la conducta inadecuada considerada como falta administrativa.
Trámites o servicios relacionados:
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Última actualización:
02/05/2024 02:00 pm



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