Fundamento legal:
Artículos 122, 137 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 1 fracción II; 8 fracciones I, II y IX; 15 fracción IV de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 1.1 fracción I, 1.2, 1.5; 1.6 fracciones I, IX, X, XI, XII; 2.9 fracciones III, XXV; 2.61 y artículo 2.263 fracción V, VII, IX del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 105 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado De México;
Norma Técnica estatal ntea-018-smagem-2017;
Norma Técnica estatal ntea-019-smagem-2017;
2.149 fracción XXIV, del Libro Segundo del Compendio Reglamentario Municipal de San Mateo Atenco.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Dependerá de las características en que se encuentre el árbol motivo de la solicitud, si procede lo solicitado se realiza el trabajo y si no se hace de su conocimiento por qué no procede su petición.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.