Gobierno del Estado de México
 

Contrato de Agua Potable y Drenaje de Uso Domestico.

El usuario por este trámite tiene la dotación del servicio de agua potable a través de la línea de distribución y/o la descarga al Drenaje de las Aguas Residuales.
Ignacio Allende No. Ext. 108 No. Int. , Col. Centro, C.P. 50700, Jocotitlán, México
Costo:
$ 3101.74 pesos.
Adicional:
Conexión de Agua Potable $ 3,101.74
Conexión al Drenaje $ 2,067.34
Artículos 129 fracción I,II VI y 130 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/01/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja del Organismo de Agua Potable.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Jocotitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario requiera los servicios de agua potable y/o drenaje a través de la línea de distribución o de descarga sanitaria.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud Elaborada.
SI
NO
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Identificación Oficial Vigente(INE,Pasaporte,Cédula Profesional etc)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Documento que acredite la propiedad(escrituras publicas,contrato de compraventa,certificado parcelario etc)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Croquis de Localización.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. En caso de no comparecer el propietario deberá presentar carta poder debidamente requisitada.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud Elaborada.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Identificación Oficial vigente (INE, Pasaporte, Cedula Profesional)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Documento que acredite la propiedad(escritura pública, contrato de compraventa, Resolución Judicial, Cesión de Derechos)
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Croquis de Localización.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Acta Constitutiva.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. Identificación Oficial del Representante.
SI
1, Simple
En caso de no comparecer el responsable deberá presentar carta poder debidamente requisitada.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud Elaborada
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Identificación Oficial Vigente(INE, Pasaporte, Cedula Profesional)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Documento que acredite la personalidad(escritura pública, contrato de compraventa, Resolución Judicial, Cesión Derechos)
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Croquis de Localización.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Poder de la persona que comparece a realizar el tramite.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

6. En caso de no presentarse el propietario deberá presentar carta poder debidamente requisitada.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

1) Acudir al área de Comercialización del Opdap para la validación de la Documentación.
2) Pasar al área Técnica y Operativa para la ubicación del predio y determinar la factibilidad del servicio; si el servicio es factible acordar cita con personal del área operativa para indicar el lugar de excavación y lista de materiales para la conexión.
3)Pasar al área de Caja entregar la solicitud con lo requisitos y realizar el pago de derechos.
Dependencia u organismo:
Municipio Jocotitlán
Dirección general:
Organismo Publico Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje Y Tratamiento de las Aguas Residuales (OPDAP)
Unidad administrativa responsable:
Organismo Publico Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje Y Tratamiento de las Aguas Residuales (OPDAP)
Titular de la unidad administrativa responsable:
Efrain Nieto Nava
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Ignacio Allende No. Ext. 108 No. Int. , Col. Centro, C.P. 50700, Jocotitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1231646 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: opdapjocotitlan2022-2024@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Contrato de Agua Potable y Drenaje.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
9 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
9 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Pago al momento de ingresar la solicitud?
No, hasta que se realiza la factibilidad.
2. ¿Lo puede solicitar cualquier persona?
No, solo quien acredite la propiedad.
3. ¿En que tiempo se instala la toma?
En un lapso de 8 días.
Fundamento legal:
Artículo 129 fracción I y III del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 50,51, y 69 fracción VI,70 fracción I, II y III 86 y 101 de la Ley del Agua del Estado de México y Municipios y Artículos 81, 82, 83, 85 y 90 del Bando Municipal de Jocotitlán 2023.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
1.-Que exista red de agua potable frente al predio.
2.-Que exista capacidad de abastecimiento.
3.-Que el solicitante cumpla con los requisitos solicitados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Otro.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el usuario requiera los servicios de agua potable y/o drenaje a través de la línea de distribución o de descarga sanitaria.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
09/03/2023 05:08 pm



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