Gobierno del Estado de México
 

Visto bueno para autorizar el establecimiento, uso y aprovechamiento de taxis, base de taxis, bahías, áreas de ascenso y descenso, lanzaderas y cobertizos en la vía pública.

El otorgamiento del visto bueno a la organizacion y/o empresa prestadora de servicio público no es una autorización, es un requisito para que la Secretaria de Movilidad de Estado de México, otorgue la base de taxi y posterior la organización y/o empresa prestadora de servicio publico, deberá presentar el oficio emitido por la Secretaria de Movilidad, ante la Tesorería Municipal Subtesoreria de Ingresos, para que autorice el uso y aprovechamiento de la vía publica en el municipio.
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú Poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiere el uso de un cajón de estacionamiento en la vía pública, para la prestación de servicio publico.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud (Escrito libre) dirigido a la C. Marisol del Socorro Arias Flores, Presidenta Municipal Constitucional de Atlacomulco.
SI
NO
Artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Oficio de autorización del servicio público de transporte de la organización, emitido por la Secretaria de Movilidad del Estado de México
NO
1, Simple
Artículo 50 y 51 del Reglamento del Transporte Publico y Servicios Conexos del Estado de México.

3. Croquis de localización de la base de taxi autorizada por la Secretaria de Movilidad del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Identificación Oficial, pasaporte, licencia para conducir, cedula profesional o de pasante, cartilla del servicio militar del solicitante.
NO
1, Simple
Artículo 2.5 Bis del Código Civil del Estado de México.

5. Padrón vehicular autorizado de la asociación que requiere la base de taxis.
NO
1, Simple
Artículo 51 y 52 fracción II Reglamento del Transporte Publico Y Servicios Conexos del Estado de México.

6. Acta Constitutiva de la asociación que requiere la base de taxis.
NO
1, Simple
Artículo 37 de la Ley de Movilidad del Estado México.

1.- Solicita mediante oficio, visto bueno para base de taxis.
2.- La ciudadanía ingresa solicitud en la Coordinación de Atención Ciudadana.
3.- Realiza la inspección al lugar donde la o el ciudadano solicita la colocación de las base de taxi.
4.- Somete ante el Consejo Municipal de Movilidad, ya que es el órgano de consulta, facultado para emitir el acuerdo respecto a la procedencia para autorizar, el establecimiento, uso y aprovechamiento de las bases de taxis, bahías, áreas de ascenso y descenso y cobertizos en la vía publica.
5.- Emite la resolución correspondiente.
6.- Realiza el oficio donde informa a la o el ciudadano si es factible o no su petición.
7.- Entrega respuesta coordinación de atención ciudadana.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Comisaría Municipal
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Movilidad
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Luis Gabriel Pérez Martínez
Cargo del titular:
Coordinador de Movilidad
Domicilio:
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú Poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1220600 Ext: n/a
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: n/a
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Visto Bueno.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quién autoriza el uso y aprovechamiento para las bases de taxis?
Se otorga el Visto Bueno por el Consejo Municipal de Movilidad del Ayuntamiento Municipal de Atlacomulco.
2. ¿Quién otorga la ubicación de la base de taxis?
La ubicación de base requerida, la otorga por Visto Bueno que otorga el Ayuntamiento Municipal de Atlacomulco por parte del Consejo Municipal de Movilidad y la Secretaria de Movilidad y Transporte del Estado de México.
3. ¿Quién regula la base de taxis?
La Secretaría de Movilidad del Estado de México es la encargada de sancionar o alinear a las diferentes asociaciones o bases de taxis.
Fundamento legal:
Artículo 5, 6, 8, 9 Y 37 de la Ley de Movilidad del Estado de México.
Articulo 157 fracción II y segundo párrafo del Código Financiero del Estado de México.
Artículo 144 del Bando Municipal Vigente 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No aplica.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se requiere el uso de un cajón de estacionamiento en la vía pública, para la prestación de servicio publico.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/04/2024 09:55 am



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