Gobierno del Estado de México
 

Constancia de Terminación de Obra.

Es el documento oficial que expide el Ayuntamiento a través de la Dirección de Desarrollo Urbano, para hacer constar la terminación de los trabajos de los diferentes tipos de obras privadas que se llevan a cabo dentro del Territorio Municipal.
Adolfo López Mateos, esquina con calle Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Costo:
$ 449 pesos.
Adicional:
Con Fundamento Jurídico en el Artículo 144 fracción II, inciso F del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
$449.00 (Cuatrocientos cuarenta y nueve pesos 00/100 M.N) Por cada 100 m2 de construcción o fracción.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/01/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro (ubicada en las instalaciones de la Dirección)
En las Cajas de Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se concluya con los trabajos comprendidos y autorizados en la licencia de construcción o prórroga solicitada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada.Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 18.21 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso del representante legal
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

3. Carta poder y acreditar la personalidad de los que en ella intervienen, en caso de que el propietario no realice el trámite
SI
NO
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

4. Poder Notarial que acredite al representante Legal (según sea el caso).
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

5. Licencia de Construcción o prórroga de la misma
SI
1, Simple
Artículo 18.33 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Placas fotográficas de la obra (interior y exterior).
SI
NO
Artículos 196 del Bando Municipal de Atlacomulco, Vigente

7. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 57 apartado políticas y lineamientos)

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 18.21 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso del representante legal.
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

3. Carta poder y acreditar la personalidad de los que en ella intervienen, en caso de que el propietario no realice el trámite
SI
NO
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México.

4. Poder Notarial que acredite al representante Legal (según sea el caso).
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

5. Licencia de Construcción o prórroga de la misma
SI
1, Simple
Artículo 18.33 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Placas fotográficas de la obra (interior y exterior).
SI
NO
Artículos 196 del Bando Municipal de Atlacomulco, Vigente

7. Acta constitutiva de la Empresa
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

8. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 57 apartado políticas y lineamientos)

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 18.21 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso del representante legal
SI
1,
Artículo 18.21 fracción I del Código Administrativo del Estado de México.

3. Carta poder y acreditar la personalidad de los que en ella intervienen, en caso de que el propietario no realice el trámite
SI
NO
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

4. Poder Notarial que acredite al representante Legal (según sea el caso).
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México.

5. Licencia de Construcción o prórroga de la misma
SI
1, Simple
Artículo 18.33 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Placas fotográficas de la obra (interior y exterior).
SI
NO
Artículo 196 del Bando Municipal de Atlacomulco, Vigente

7. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 57 apartado políticas y lineamientos)

Se recibe la solicitud debidamente requisitada y con sus documentos completos.
Se le asigna un número de folio.
Se elabora la constancia.
Se elabora la orden de pago.
Se le hace entrega de su Constancia de Terminación de Obra.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano.
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Mario Mondragón Ruiz
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Adolfo López Mateos, esquina con calle Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1221823 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: desarrollo.urbano@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de Terminación de Obra.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
8 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Tengo fecha límite para tramitar esta constancia?
Tiene 30 días hábiles a partir de que ha concluido con los trabajos correspondientes o concluya el tiempo autorizado en la licencia o prórroga solicitada.
2. ¿Es una obligación tramitar la constancia de terminación de obra?
De conformidad a la normatividad aplicable, deberá obtener su terminación de obra.
3. ¿Qué sucede si no obtengo mi constancia de terminación de obra?
Podrá ser acreedor a una sanción en caso de no solicitarla dentro del límite comprendido.
Fundamento legal:
Artículo 115 fracción V inciso f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 11 fracción XI de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; Artículo 31 Fracción XXIV Quáter de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículos 18.3 fracción III y 18.33 del Código Administrativo del Estado de México; ; Artículo 191 fracción II del Bando Municipal de
Atlacomulco vigente y Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atlacomulco.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que la solicitud presentada, este dentro de los 30 días hábiles a partir de haber concluido los trabajos autorizados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se concluya con los trabajos comprendidos y autorizados en la licencia de construcción o prórroga solicitada.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
12/04/2023 07:30 pm



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