Gobierno del Estado de México
 

Procedimientos para inmuebles destinados a refugios temporales en Materia de Protección Civil

Verificar y analizar que inmuebles destinados como refugios en casos de emergencia cumplen con las medidas de seguridad en materia de protección civil
Av. Tuxpan esq. Justo Sierra No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55850, San Martín de las Pirámides, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
San Martín de las Pirámides
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se apertura un refugio en situaciones de emergencia

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Cédula de Refugios Temporales
SI
NO
Manual de Procedimientos de Procedimientos de protección Civil y Bomberos Titulo Quinto Articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

2. Convenio
SI
NO
Libro sexto del código Administrativo, bando Municipal de Protección Civil.
Permite Garantizar que se cumple con las medidas de Seguridad y forman parte del Plan de Contingencias

Con la papelería que se solicita se integra un expediente que queda en el archivo interno

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. cédula de refugios temporal
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de Procedimientos de protección Civil y Bomberos Titulo Quinto Articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

2. Convenio de refugio temporal
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de Procedimientos de protección Civil y Bomberos Titulo Quinto Articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Cédula de refugio temporal
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de Procedimientos de protección Civil y Bomberos Titulo Quinto Articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

2. Convenio de refugio temporal
SI
1, Simple
Manual de Procedimientos de Procedimientos de protección Civil y Bomberos Titulo Quinto Articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

En caso de emergencia las instalaciones dadas de alta como refugio temporal serán visitadas por personal de protección civil para verificar que cumplan con las medidas mínimas de seguridad en materia de protección civil
El personal se protección civil solicitará al representante del refugio temporal su cédula de refugio temporal y el convenio elaborado
Personal de protección civil realiza la verificación y procede a elaborar el dictamen
Dependencia u organismo:
Municipio San Martín de las Pirámides
Dirección general:
Dirección de Protección Civil y Bomberos
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Protección Civil y Bomberos
Titular de la unidad administrativa responsable:
TBGIR Juan Manuel Galván Rivera
Cargo del titular:
Director de Protección Civil y Bomberos
Domicilio:
Av. Tuxpan esq. Justo Sierra No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 55850, San Martín de las Pirámides, México
Contacto:
Telefono1: ( 594 ) 6881047 Ext: NO APLICA
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: NO APLICA
Correo electrónico: Bela.bellenger@gmail.com
Horario y días de atención:
Las 24 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Dictamen
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Cualquier edificio puede ser utilizado como Refugio Temporal?
No, solo aquellos que cumplan con las medidas de seguridad correspondientes
2. Cuántos refugios temporales hay dentro del Municipio?
Hay 3 refugios temporales dentro del Municipio
3. Son seguros los refugios Temporales?
Si, es por eso que se realiza el dictamen para refugios temporales
Fundamento legal:
Titulo Quinto, articulo 6.33 y 6.34 del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Articulo 118 y 119 del Bando Municipal de San Martín de las Pirámides
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se entrega el dictamen siempre y cuando cuenten con las medidas de protección y seguridad necesarias para que el lugar funcione como refugio
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se apertura un refugio en situaciones de emergencia
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
31/07/2020 10:24 am



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