Gobierno del Estado de México
 

Patrocinar jurídicamente a la población en juicios de patria potestad como procedimiento sumario de perdida de patria potestad.

Brindar patrocinio en juicios de patria potestad con el inicio de la redacción de la demanda y promoción ante la institución judicial respectiva durante todo el procedimiento.
Av. María del Consuelo Mercado No. Ext. 169 No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Costo:
$ 3500 pesos.
Adicional:
Tres mil quinientos Pesos 00/100 M.N
Autorizado en la Sexta Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema Municipal DIF Atlacomulco 31 de enero de 2023.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la caja de cobro del DIF.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los menores se encuentren albergados y abandonados por sus familiares por más de dos meses en instituciones públicas o privadas o cuando los padres expusieran a los menores en cuestiones de violencia de cualquier tipo.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de Nacimiento (Certificada) de los menores
SI
1, Certificada
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

2. Acta de Matrimonio de los padres
SI
2, Certificada
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

3. Narrativa de hechos donde se incluyan los nombres y domicilios de los padres
SI
1, Certificada
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

4. Si existiese, copias certificadas de carpeta de investigación por parte del Ministerio Público, o por lo menos número de carpeta
SI
NO
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

5. Videos, fotografías, etc., que evidencien el descuido, abandono, maltrato, violencia de que es parte el menor.
SI
NO
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

6. Recibo de pago de cuota de recuperación ante el DIF
SI
NO
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.205, 4.208 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
Se remiten al archivo de la institución para su resguardo

Paso 1: Acude el ciudadano al sistema municipal DIF Atlacomulco.
Paso 2: Hace el pago respectivo a su asesoría en la caja de cobro del DIF, y se dirige el área jurídica, donde se le dará la atención y asistencia legal.
Paso 3: En caso de la representación legal, se les solicitara la documentación correspondiente a su trámite, y el pago respectivo del tramite o servicio ante la caja de cobro del DIF.
Paso 4: Una vez requeridos los documentos, se le realizará la demanda inicial correspondiente a su asunto y se le requerirá su firma para poder promoverla ante el Juzgado competente.
Paso 5 : Una vez promovido su escrito inicial, se les entregará acuse de recepción y posteriormente se le dará seguimiento hasta obtener una sentencia favorable.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Sistema Municipal DIF Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Servicios Jurídicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Alejandro Montiel González
Cargo del titular:
Coordinador de Servicios Jurídicos
Domicilio:
Av. María del Consuelo Mercado No. Ext. 169 No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1221144 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: serviciosjuridicos.dif@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Sentencia definitiva.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué puedo hacer si conozco de un menor al que sus padres lo estén exponiendo a un riesgo inminente?
Acudiendo al DIF, se realizará la visita pertinente para determinar si el menor se encuentra en riesgo y si es así, solicitar la perdida de la patria potestad.
2. ¿Qué pasa cuando un niño lleva mucho tiempo en un albergue, los padres pueden perder la patria potestad?
Si los menores llevan más de dos meses ahí, se debe solicitar la pérdida de la Patria Potestad, debido a la negligencia y abandono de los padres.
3. ¿Si la Niña, Niño o Adolescente de los que se desea obtener la Patria Potestad, requiere de atención Psicológica, con quien se solicita?
Se les canaliza con el psicólogo del Sistema Municipal DIF si así lo desean.
Fundamento legal:
Artículo 10 fracción IV de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos 4.201, 4.202, 4.203, 4.204, 4.204, 4.205, y 4.205 del Código Civil del Estado de México.
Artículo 2.381, Fracciones I y II de la Gaceta de Gobierno de 7 de junio del 2018.
https://www.atlacomulco.gob.mx/documentos/MejoraRegulatoria/Catalogo%20Municipal%20de%20Regulaciones/Dif/Direccion%20Dif/Estatal/Normatividad/Codigo%20Civil%20Del%20Estado%20De%20Mexico.pdf
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Entrega de documentación requerida en tiempo y forma para poder iniciar el procedimiento, así como disponibilidad para el seguimiento.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los menores se encuentren albergados y abandonados por sus familiares por más de dos meses en instituciones públicas o privadas o cuando los padres expusieran a los menores en cuestiones de violencia de cualquier tipo.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/04/2024 11:16 am



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