Gobierno del Estado de México
 

Patrocinar jurídicamente a la población en juicios de divorcios incausados

Brindar patrocinio en juicios de divorcio incausado, cuando uno de los cónyuges no desea continuar con el matrimonio ya que no requiere del consentimiento de ambos cónyuges, sin la necesidad de señalar una causa concreta que lo justifique.
Av. María del Consuelo Mercado No. Ext. 169 No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Costo:
$ 3500 pesos.
Adicional:
Tres mil quinientos Pesos 00/100 M.N
Autorizado en la Sexta Sesión Extraordinaria de la Junta de Gobierno del Sistema Municipal DIF Atlacomulco 31 de enero de 2023.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la caja de cobro del DIF
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista un problema civil o familiar de separación conyugal que solo pueda disolverse mediante la sentencia emitida por el juez.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de Nacimiento (certificada) de los hijos si lo hay
SI
1, Certificada
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 2.373, 2.374, 2.375, 2.376, 2.377, 2.378 y 2.379 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

Se remiten al archivo de la Institución para su resguardo

2. Acta de Matrimonió (certificada)
SI
1, Certificada
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 2.373, 2.374, 2.375, 2.376, 2.377, 2.378 y 2.379 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

Se remiten al archivo de la Institución para su resguardo

3. Propuesta de convenios sobre custodia, alimentos, régimen de convivencia con los menores y liquidación de sociedad conyugal según el caso.
SI
NO
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 2.373, 2.374, 2.375, 2.376, 2.377, 2.378 y 2.379 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

Se remiten al archivo de la Institución para su resguardo

4. Recibo de pago de cuota de recuperación ante el DIF.
SI
NO
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos: 2.373, 2.374, 2.375, 2.376, 2.377, 2.378 y 2.379 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

Se remiten al archivo de la Institución para su resguardo

Paso 1: Acude el ciudadano al sistema municipal DIF Atlacomulco.
Paso 2: Hace el pago respectivo a su asesoría en la caja de cobro del DIF, y se dirige el área jurídica, donde se le dará la atención y asistencia legal.
Paso 3: En caso de la representación legal, se les solicitara la documentación correspondiente a su trámite, y el pago respectivo del tramite o servicio ante la caja de cobro del DIF.
Paso 4: Una vez requeridos los documentos, se le realizará la demanda inicial correspondiente a su asunto y se le requerirá su firma para poder promoverla ante el Juzgado competente.
Paso 5 : Una vez promovido su escrito inicial, se les entregará acuse de recepción y posteriormente se le dará seguimiento hasta obtener una sentencia favorable.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Sistema Municipal DIF Atlacomulco
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Servicios Jurídicos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Alejandro Montiel González
Cargo del titular:
Coordinador de Servicios Jurídicos
Domicilio:
Av. María del Consuelo Mercado No. Ext. 169 No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1221144 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: serviciosjuridicos.dif@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Sentencia definitiva.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué tramite puede realizar si ambos cónyuges queremos divorciarnos?
Acudir a las oficinas del DIF Atlacomulco e iniciar el procedimeinto correspondiente a divorcio voluntario.
2. ¿Es muy tardado el proceso, aunque los dos estemos de acuerdo?
El tiempo de duración del trámite depende de la autoridad judicial donde se instaure el procedimiento para este trámite en particular sólo son dos audiencias.
3. ¿Qué sucede si adquirimos bienes dentro de nuestro matrimonio?
Depende de su régimen conyugal (sociedad conyugal o separación de bienes), se realizara una propuesta de convenio que el juez decretara si es procedente o no.
Fundamento legal:
Artículo 10 fracción IV de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
Artículos del 2.373, 2.374, 2.375, 2.376, 2.377, 2.378 y 2.379 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.
https://www.atlacomulco.gob.mx/documentos/MejoraRegulatoria/Catalogo%20Municipal%20de%20Regulaciones/Dif/Direccion%20Dif/Estatal/Normatividad/Codigo%20Civil%20Del%20Estado%20De%20Mexico.pdf
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Entrega de documentación requerida en tiempo y forma para poder iniciar el procedimiento, así como disponibilidad para el seguimiento.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando exista un problema civil o familiar de separación conyugal que solo pueda disolverse mediante la sentencia emitida por el juez.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/04/2024 11:12 am



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