Gobierno del Estado de México
 

Solicitud a atención de emergencias (prehospitalarias y bomberos).

Consiste en brindar a los ciudadanos de Coyotepec el sevicio de atención prehospitalaria mediante personal paramédico y vehículos tipo ambulancia con el fin de lograr la limitación del daño y estabilización órgano funcional desde el primer contacto hasta la llegada y entrega a un establecimiento de urgencias, así como el servicio de bomberos en atención a incendios y rescate de persones en diversos siniestros.
Av. Sor Juana Inés de la Cruz No. Ext. S/N No. Int. , Col. Barrio Santiago, C.P. 54667, Coyotepec, México
Telefono1: ( 593 ) 118 3180
Telefono2: ( 55 ) 6713 9129
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Coyotepec
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se presente algún siniestro o incidente que afecte la integridad física de los ciudadanos de Coyotepec.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud vía telefónica.
SI
NO
Artículo 5 fracción I de la Ley General de Protección Civil.
Artículo 23 del Bando Municipal 2024 de Coyotepec, México.
Manual de Organización de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos.
Manual de Procedimientos de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos, apartado 3.1 y 4.1

2. Reporte de atención.
SI
NO
Artículo 5 fracción I de la Ley General de Protección Civil.
Artículo 23 del Bando Municipal 2024 de Coyotepec, México.
Manual de Organización de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos.
Manual de Procedimientos de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos, apartado 3.1 y 4.1

1. La persona solicita el servicio a través de una llamada telefónica.
2. Personal administrativo recibe y canaliza la llamada de emergencia al personal técnico-operativo y/o jefe de turno, informando el tipo de emergencia y la ubicación de ésta.
3. Se designará unidad de emergencia y personal técnico-operativo que cubrirá el servicio.
3.1 (servicio prehospitalario) en el lugar, se realiza una valoración inicial, valoración secundaria, se aplica tratamiento acorde a la valoración realizada, en caso de ser necesario. de ser necesario, se procede a su traslado médico pertinente.
3.2 (servicio de bomberos) en el lugar, se realiza una valoración de la emergencia provocada por cualquiera de los fenómenos perturbadores y se ejecutan la acciones correspondientes como el retiro del riesgo, monitoreo y rescate.
Dependencia u organismo:
Municipio Coyotepec
Dirección general:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Titular de la unidad administrativa responsable:
T.U.M. Jaime Huerta Ramírez
Cargo del titular:
Coordinador Municipal de Protección Civil y Bomberos
Domicilio:
Av. Sor Juana Inés de la Cruz No. Ext. S/N No. Int. , Col. Barrio Santiago, C.P. 54667, Coyotepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 593 ) 118 3180 Ext:
Telefono2: ( 55 ) 6713 9129
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: protección.civil@coyotepec.gob.mx
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
No aplica.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Atienden todas las emergencias en el municipio?
Si, tanto de bomberos como prehospitalarias.
2. ¿Atienden emergencias en otros municipios?
Si, a solicitud de el coordinador y disponibilidad de unidades.
3. ¿A que hospital realizan los traslados?
Variados, dependiendo de la gravedad del paciente y al hospital que requiere los servicios médicos.
Fundamento legal:
Artículo 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 5 fracción I de la Ley General de Protección Civil.
NOM-034 -SSA3-2013.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorgará el servicio a todos los ciudadanos que lo soliciten y/o requieran en caso de emergencia.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se presente algún siniestro o incidente que afecte la integridad física de los ciudadanos de Coyotepec.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
11/07/2024 04:14 pm



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